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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Martes, 29 de mayo de 2001 Pág. 7.191

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONDARIZ-BALNEARIO

ANUNCIO.

El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión de 4 de abril de 2001, adoptó el siguiente acuerdo:

1. Declarar la nulidad parcial del proyecto de ordenación del medio rural de Mondariz-Balneario en lo que atañe a la previsión de permitir la construcción de viviendas unifamiliares en suelo rústico común o protegido, con base en el requerimiento formulado por la Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, efectuado en virtud de lo establecido por el artículo 5, apartado 1 b) de la Ley 7/1995, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo.

2. Rectificar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105.2º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el error observado en cuanto que

a la edificación cercana a Fonte da Gándara se le aplicará la ordenanza 02, residencial familiar en sus diversas tipologías.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 48.2º de la Ley 1/1997, de 26 de marzo, del suelo de Galicia.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, ante el Pleno de la Corporación, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último de los anuncios en el DOG o en el BOP. Contra la resolución del recurso potestativo de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de notificación de la resolución expresa de este recurso. Si la resolución no fuese expresa, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación por silencio administrativo.

Asimismo, podrá interponerse directamente el recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación del último de los anuncios en el DOG o en el BOP.

También se podrá ejercitar, en su caso, cualquier recurso que se estime procedente.

Mondariz Balneario, 18 de abril de 2001.

José Antonio Lorenzo Rodríguez

Alcalde