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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Jueves, 24 de mayo de 2001 Pág. 7.012

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2001 por la que se convoca la selección de una persona para la cobertura de una bolsa de colaboración en la catalogación e investigación del patrimonio escénico y musical gallego.

La Ley 4/1989 de 21 de abril, por la que se crea el Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, modificada por la Ley 2/1991, de 14 de enero, indica en su artículo 9 que corresponderá al IGAEM ejercer las funciones de actualización del inventario y catalogación del patrimonio escénico y musical gallego e informar permanentemente del mismo.

La catalogación de dicho patrimonio escénico-abarca el teatro, la música y la danza-se viene realizando en el Centro de Documentación de las Artes Escénicas de Galicia del IGAEM.

Para la catalogación del material de un género tan específico como es el de las artes escénicas se convoca una bolsa de colaboración destinada a personas que disponiendo de la formación precisa, estén interesadas en contar con un período de formación complementaria a sus estudios

Por eso esta gerencia,

DISPONE:

Primera.-Objeto.

El Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales convoca proceso para la selección de una persona para la cobertura de una bolsa para la catalogación, informatización, digitalización y archivo del material y de los fondos relacionados con las artes escénico-musicales.

Segunda.-Duración y dotación económica.

El disfrute de la bolsa será a partir del mes de junio hasta el mes de diciembre de 2001, pudiendo ser prorrogada durante los ejercicios siguientes, en función del aprovechamiento del adjudicatario y de las posibilidades presupuestarias del IGAEM. En ningún caso el período de disfrute de la bolsa superará los tres años.

La dotación económica de las bolsas será de 100.000 pesetas/mensuales brutas por persona con cargo a la aplicación presupuestaria 10.50.354 A.480.0, del vigente presupuesto de gastos. A esta cantidad se le aplicarán las retenciones fiscales que legalmente procedan.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario no generará una relación laboral o administrativa con la Xunta de Galicia, ni su inclusión en la Seguridad Social.

Cuarta.-Formación e méritos valorables.

Será obligatorio acreditar:

-Titulación universitaria mínimo de grado medio.

-Conocimientos en lengua gallega.

Y serán valorados preferentemente los siguientes méritos:

-Acreditar conocimientos técnicos en la materia: se considerará la formación en documentación, catalogación y digitalización de documentos.

-Manejo de bases de datos informáticas.

-Conocimientos de internet

-Conocimientos en lenguas extranjeras.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el registro del IGAEM, dentro de los diez días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el DOG, la documentación siguiente:

a) Una instancia de admisión, según el modelo anejo.

b) Acreditación de la titulación aportada

c) Currículum vitae con la documentación acreditativa de los méritos alegados. Los aspirantes seleccionados o en lista de espera deberán acreditar los citados méritos mediante original, fotocopia compulsada o cotejada. La no acreditación de la misma de la manera indicada determinará la renuncia al derecho a la bolsa o a la permanencia en la lista de espera.

d) Acreditación documental de la formación o conocimiento en lengua gallega y o en lenguas extranjeras, con el mismo tratamiento indicado en el apartado c).

e) Fotocopia del DNI.

f) Declaración expresa de no disfrutar de otra bolsa o ayuda, cualquiera que fuese esta o, en caso de tenerla, del compromiso de no seguir disfrutándola en el momento en que se otorgue la bolsa.

En el caso de haber disfrutado de algún período anterior de una bolsa del Centro de Documentación del IGAEM, deberá indicarse en la solicitud a los efectos de limitar el período formativo como becario a un máximo de tres años.

Sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo anterior, las solicitudes podrán presentarse, asimismo, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Sexta.-Tribunal.

Presidente: Amado Ricón Virulegio, presidente del IGAEM, o persona en quien delegue.

Vocais:

Mar Nogueira Sánchez como responsable del Centro de Documentación del IGAEM.

Luis Lorenzo Mur, jefe del Departamento de Personal y de Gestión Económico Administrativa del IGAEM.

Rafael Míguez Pazos, jefe de Administración del IGAEM.

Secretario: Braulio González Barros, auxiliar administrativo del IGAEM.

El tribunal quedará válidamente constituido con la presencia del secretario y dos de sus miembros.

Séptima.-Criterios para la selección de los becarios.

La selección se llevará a cabo mediante la valoración de los méritos acreditados conforme al siguiente baremo:

a) Currículum vitae acreditado: hasta cinco puntos.

b) Conocimientos de lengua gallega: hasta un punto.

c) Conocimientos en lenguas extranjeras: hasta un punto.

Los aspirantes que obtengan una puntuación de más de 3,5 puntos, serán convocados a una entrevista sobre sus méritos curriculares. Dicha entrevista tendrá una valoración de hasta 3 puntos que será acumulada a la puntuación anterior.

Finalmente el tribunal hará pública la relación de candidatos por orden de puntuación, no pudiendo seleccionar más de un candidato, quedando, en su caso, los restantes en lista de espera.

En el caso de que a juicio del tribunal sea confeccionada una lista de espera, esta tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2001 para substituciones de cualquiera vacante de bolsas en el Centro de Documentación, o en su caso de ampliación de las mismas.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán después de la aceptación de la bolsa, el día que se les indique en la resolución final, a partir del mes de junio de 2001. El horario de desarrollo de la actividad relacionada con la beca será de 8 horas a las 15 horas, de lunes a viernes.

En caso de que el aspirante seleccionado no pueda por cualquier motivo, prestar su colaboración, será substituido por el candidato siguiente por orden de puntuación.

El becario prestará su colaboración bajo las indicaciones de la persona que se le asigne como responsable tutorial, y de la superior de los órganos de la Gerencia del IGAEM. Los trabajos realizados quedarán, en todo caso, en el Centro de Documentación de las Artes Escénicas y Musicales siendo propiedad del IGAEM.

El pago de la beca se realizará con carácter mensual previa certificación del responsable tutorial de cumplir con la actividad de formación encomendada.

Novena.-Cláusula general.

En caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, el IGAEM podrá, previo informe del responsable tutorial y después de la correspondiente audiencia del becario, anular la bolsa o substituir al becario.

La solicitud de la bolsa implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases y la legislación relativa al IGAEM.

Le corresponde a la Gerencia del IGAEM la aclaración o interpretación de las presentes bases

La resolución de adjudicación pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el árticulo 109 de la Ley 30/1992, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de la notificación efectiva de la misma a los interesados.

Una vez rematado el período de disfrute de la bolsa las personas no seleccionadas podrán solicitar la devolución de la documentación presentada. Transcurrido el plazo de un año se procederá a la eliminación de los documentos no recogidos.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2001.

Aníbal Otero Fernández

Gerente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales

ANEXO

Modelo de instancia

D/Dª... con DNI... , de... años de edad, natural de... , con domicilio habitual en la calle... , localidad... , provincia de... , D.P.... , teléfono...

EXPONE:

Que creyendo reunir los requisitos y condiciones que señala la convocatoria para la concesión de la bolsa de catalogación e investigación del patrimonio escénico-musical,

SOLICITA:

Participar en la convocatoria de la cobertura de la beca, manifestando que acepta las condiciones y los compromisos que figuran en la convocatoria, adjuntando a la presente solicitud la documentación indicada en la cláusula quinta de las bases de la citada convocatoria.

... , ... , de... de 2001.

Firma

Gerente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales. Santiago de Compostela