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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Jueves, 24 de mayo de 2001 Pág. 7.010

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 112/2001, de 26 de abril, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Paradela (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de dotación de servicios en la calle Lamacova-Ruxidoira, 2ª fase (modificado).

El Ayuntamiento de Paradela, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2000, aprobó el proyecto de dotación de servicios en la calle Lamacova-Ruxidoira, 2ª fase (modificado) y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del ayuntamiento fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 20 de noviembre de 2000.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable con fecha 9 de abril de 2001.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado porque, según señala el ayuntamiento, las obras proyectadas en la 2ª fase son imprescindibles para habilitar la vía de comunicación, iniciada con las obras de la 1ª fase, del proyecto modificado número 1 de colectores generales y E.D.A.R. de Paradela y que fue declarado de urgencia en el Decreto 119/1999, de 23 de abril (DOG nº 86, del 6 de mayo), dotándola de servicios que aumenten la seguridad vial en los enlaces de la calle Lamacova-Ruxidoira y el paseo fluvial.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiséis de abril de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Paradela, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de dotación de servicios en la calle Lamacova-Ruxidoira, 2ª fase (modificado).

Santiago de Compostela, veintiséis de abril de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales