Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste de interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de Banco Bilbao-Vizcaya, Argentaria, S.A. sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 18 de abril de 2001.
Carlos González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-8135-AC
Policía Autonómica Rúa do Porto-Amio, 16
150 Santiago de Compostela (A Coruña)
11-11-2000; 12.40
la Ley 16/1987 y
artículo 201 del
R.D. 1211/1990DX-00404-O-2000
Victoria Carnota Beade
Realizar transporte de mercancías (frutas y pescados), careciendo del certificado de autorización especial para el transporte de mercancías perecederas. Según denuncia formulada por los funcionarios del C.P. nº 66.744 y 66.655 de la Policía Autonómica.
Artículo 7 del Real decreto 237/2000, de 18 de febrero, sobre transporte de productos alimentarios a temperatura regulada (BOE nº 65, del 16 de marzo) Artículo 143 de
50.000 ptas.