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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Martes, 15 de mayo de 2001 Pág. 6.514

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 10 de abril de 2001, del Área Provincial de A Coruña, por la que se notifica a José Manuel López Vidal la resolución del delegado provincial por la que se acuerda la resolución de pleno derecho del contrato de arrendamiento de la vivienda (expediente C-82/010, cuenta 190).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, intentada la notificación en el domicilio del interesado (c/ Profesor López Dafonte, manzana 23, portal 4, 3º dcha. de Ferrol), sin que se pudiera practicar, se notifica a José Manuel López Vidal la resolución del delegado provincial del IGVS de 20 de marzo de 2001, por la que se acuerda la resolución de pleno derecho del contrato de arrendamiento de la que era adjudicatario por renuncia del mismo de fecha 5-3-2001.

Contra la citada resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente notificación, conforme a lo que establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2º de la Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999, se transcribe el texto íntegro de dicha resolución:

Resolución.

Visto el expediente correspondiente a la vivienda 190 construida al amparo del expediente C-82/010,

Resultando que, con fecha de 29 de julio de 1986 se firmó contrato de arrendamiento entre la Xunta de Galicia y José Manuel López Vidal, haciéndosele entrega de las llaves, en la misma fecha, al adjudicatario.

Resultando que, con fecha de 5 de marzo de 2001, comparece ante el funcionario José Manuel López

Vidal con DNI 32.615.907-K, para hacer entrega de las llaves de la vivienda, y renunciar a todos los derechos que ostenta como adjudicatario.

Considerando que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo es, según la Ley 3/1988, de 27 de abril, de su creación, un organismo autónomo de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con plena capacidad para obrar en el ámbito del derecho público y privado, estableciendo el artículo 4 como función propia, entre otras, la administración, gestión, conservación y disposición de las viviendas de su patrimonio.

Considerando que el Decreto 70/1997, por el que se establece la estructura orgánica del IGVS, en su artículo 17, atribuye a los delegados provinciales la competencia para la firma de los contratos y otra documentación relativa a la adjudicación de viviendas locales.

Considerando que la renuncia presentada por los adjudicatarios supone la petición de resolución del contrato de arrendamiento sucrito con la administración.

Vistos los preceptos citados, la legislación de viviendas de protección oficial y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Aceptar la renuncia del adjudicatario y, en consecuencia, acordar la resolución de pleno derecho del contrato de arrendamiento de la vivienda cuenta 190 del expediente C-82/010, situada en Ferrol, c/ Profesor López Dafonte, portal 4, 3º dcha., sin perjuicio de la liquidación económica que proceda.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 10 de abril de 2001.

Mª Teresa Morán Calero

Jefa del Área Provincial de A Coruña