Por la presente cédula, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta no pudieron ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de este centro, o que se han alegado distintas causas para no recibir notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se comunica que:
Deberán ingresar el importe de la deuda en la cuenta bancaria 0046-0247-60-0000055557 en los plazos que se señalan en el artículo 20 del Real decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de recaudación (RGR).
Si se realiza el ingreso una vez transcurridos los plazos establecidos en dicho artículo 20 del RGR,
se exigirán los correspondientes intereses de demora (artículo 21 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia).
Transcurridos 6 meses desde la finalización sin que se produjese el cobro, se iniciará el período ejecutivo.
Contra esta liquidación podrán interponerse en el plazo de 15 días, a partir del siguiente al de esta notificación, recurso de reposición ante el órgano emisor o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo de la Comunidad Autónoma.
Para que conste y sirva de notificación al interesado, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula.
O Barco de Valdeorras, 30 de marzo de 2001.
Luis A. González Rodríguez
Director gerente del Hospital Comarcal Valdeorras
de O Barco de Valdeorras
Sujeto pasivo DNI Concepto Período pesetas
Deuda
Baranga Ares, Pedro 33.347.491 Prest. sanit. 23-2-1999/23-2-1999 24.329
Estévez Fdez., Manuela 36.566.251 Prest. sanit. 12-1-1999/21-1-1999 24.329
Vieito López, José Mª 44.835.734 Prest. sanit. 26-9-1999/26-9-1999 24.840
Sández Rguez., Fco. 34.835.734 Prest. sanit. 26-9-1999/26-9-1999 24.840