Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hace saber que nos autos nº 879/2000, seguidos a instancia de María del Carmen Vecino Paulos y otra contra Bupan 2000, S.L. y María del Carmen Pampín Balo sobre salarios, la magistrada-jueza de esta juzgado, María Antonia Rey Eibe, dictó sentencia, en fecha 28 de marzo de 2001, con la siguiente parte dispositiva:
Que estimando la demanda interpuesta por María del Carmen Vecino Paulos e Etelvina Suárez Taibo, contra la empresa Bupan 2000, S.L., debo condenar y condeno a dicha demandada a que haga el pago a las actoras en las siguientes cantidades: 235.220 pesetas a María del Carmen Vecino Paulos y 176.853 pesetas a Etelvina Suárez Taibo, con la absolución de María del Carmen Pampín Balo y del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pudiera corresponderle a este último.
Así, por esta mi sentencia, contra la que no cabe recurso, lo pronuncio, mando e firmo.
Y para que sirva de notificación a Bupan 2000, S.L. y a María del Carmen Pampín Balo que tuvieron sus últimos domicilios conocidos en c) San Vicente de Paul 17 y en la c) Justicia, 1, A Coruña, respectivamente, y que en la actualidad se desconocen, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 28 de marzo de 2001.
El secretario judicial
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