Vista el acta de la revisión salarial para el año 2001, del convenio colectivo del sector de agencias marítimas, con nº de código 3600044, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 27-3-2001, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación de Empresas Consignatarias y Estibadoras de Buques de la provincia de Pontevedra, y de la parte social, por la central sindical UGT, en fecha 13-3-2001. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula de la revisión del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de
trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 30 de marzo de 2001.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Acta
Comisión negociadora para la revisión salarial del convenio colectivo de trabajo para empresas y empleados de agencias marítimas.
Comisión negociadora:
Por la asociación de consignatarios: Ramón Cortegoso.
Por UGT:
Víctor Pazos.
Fernando Vila.
Mª Elvira Álvarez.
En Vigo, siendo las dieciocho horas del día trece de marzo de dos mil uno, se reúnen en la sala de juntas de la Asociación de Empresas Consignatarias y Estibadoras de Buques de la provincial de Pontevedra, los señores relacionados al margen, componentes de la comisión deliberadora encargada de negociar el incremento salarial para el año 2001 del convenio colectivo de trabajo para las empresas y empleados de agencias marítimas de la provincia de Pontevedra.
Abierta la sesión y tras analizar las diferentes propuestas, se adoptan los acuerdos siguientes:
Primero.-Actualizar a 1 de enero de 2001 la tabla salarial vigente en uno por ciento (1%) como compensación por el desfase producido entre el IPC real y el aumento acordado para el año 2000, y en aplicación de la cláusula de revisión del actual convenio.
Segundo.-Se acuerda un incremento salarial para el año 2001 de un tres por ciento (3%), con efecto retroactivo al 1 de enero.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, y siendo las veinte horas de la fecha del encabezamiento.
Rubricado
Grupos y categorías Salario mensual/ptas.
I. Titulados Titulado superior 171.212 Titulado medio: grupo A 153.129 Titulado medio: grupo B 142.796
II. Administrativos Jefe de sección 171.212 Jefe de negociado 153.129 Oficial administrativo 135.178 Auxiliar administrativo 103.259 Aspirante de 16 a 18 años 78.558
III. Subalternos Conserje, cobrador, ordenanza, portero y sereno 90.198 Botones de 16 a 18 años 78.558
IV. Servicios varios a) Categorías básicas Encargado de sección 116.331 Oficial de 1ª 111.836 Oficial de 2ª 106.226 Oficial de 3ª 102.567 Peón 102.567 Aprendiz de 16 a 18 años 78.558 b) Categorías asimiladas Conductor de camión 106.226 Conductor de turismo 106.226 Cosedor 101.353
de puestos de trabajo y personal
Gratificación de cajeros, complementos
Importe anual/ptas.
A) Gratificación de cajero, siempre que sea por quebranto de moneda 87.420 B) Apoderados 87.420 c) Complemento personal con conocimiento de idiomas extranjeros 87.420
Valor de la hora extra en día laborable y de la hora extra en sábado mañana, nocturno, sabado tarde, domingos y festivos para los distintos grupos y categorías del personal de agencias marítimas
Hora extra
pesetas sábado
mañana y
nocturna
pesetas sábado
tarde,
domingos y
festivos/ptas.
Hora extra
Hora extra
o almacenero
I. Titulados Titulado superior 1.904 2.296 3.024 Titulado medio: grupo A 1.680 2.016 2.689 Titulado medio: grupo B 1.569 1.904 2.521
II. Administrativos Jefe de sección 1.904 2.296 3.024 Jefe de negociado 1.680 2.016 2.689 Oficial administrativo 1.513 1.792 2.408 Aspirante 16 a 18 años 897 1.064 1.400
III. Subalternos Conserje, cobrador, ordenanza, portero, y sereno 1.008 1.232 1.625 Botones 16 a 18 años 897 1.064 1.400
IV. Servicios varios a) Categorías básicas Encargado de sección 1.457 1.736 2.241 Oficial de 1ª 1.457 1.736 2.241 Oficial de 2ª 1.457 1.736 2.241 Oficial de 3ª 1.457 1.736 2.241 Peón 1.457 1.736 2.241 Aprendiz 16 a 18 años 1.457 1.736 2.241 b) Categorías asimiladas Conductor de camión 1.457 1.736 2.241 Conductor de turismo 1.457 1.736 2.241 Manipulante 1.457 1.736 2.241 Encargado de almacén
1.457 1.736 2.241 Mozo de almacén 1.457 1.736 2.241 Cosedor 1.457 1.736 2.241