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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 03 de mayo de 2001 Pág. 5.901

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 17 de abril de 2001 por la que se excluyen del Catálogo de Montes de Utilidad Pública varios montes de la provincia de Lugo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de montes, de 22 de febrero de 1962, y a la vista de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, y en el Real decreto 1535/1984, de 20 de junio, por el que se transfieren a la Comunidad Autónoma de Galicia competencias en materia de conservación de la naturaleza, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural,

DISPONE:

Artículo único.-Dar de baja del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, por haber quedado firme las resoluciones del Jurado Provincial de Montes que los clasifican como vecinales en mano común, los que se relacionan seguidamente:

Número: 72.

Municipio: Ribas de Sil.

Nombre: Teixeira.

Pertenencia: parroquia de Ribas de Sil.

Límites.

Norte: con propiedades particulares.

Este: con propiedades particulares.

Sur: con monte público A Moá.

Oeste: con propiedades particulares.

Especie: brezo.

Cabida total: 230 hectáreas.

Cabida forestal: 230 hectáreas.

Número: 56-C.

Municipio: Monforte de Lemos.

Nombre: Sierra Xunqueira y agregados, Sierra de Vilamaior y Monte Marexe.

Pertenencia: parroquia de Fiolleda.

Límites.

Norte: monte y propiedades de Martín.

Este: propiedades de Martín y lugar de Marexe.

Sur: propiedades de Marexe y Vilamaior.

Oeste: propiedades de San Mamede y monte Serra de Couso de Ousende.

Especie: carqueja y jara.

Cabida total: 150 hectáreas.

Cabida forestal: 150 hectáreas.

Número: 73.

Municipio: Ribas de Sil.

Nombre: valles de Figueiredo.

Pertenencia: parroquia de Figueiredo.

Límites.

Norte: con propiedades particulares.

Este: con propiedades particulares.

Sur: con propiedades particulares.

Oeste: con la provincia de Ourense.

Especie: brezo.

Cabida total: 120 hectáreas.

Cabida forestal: 120 hectáreas.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y en contra de ella se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, o ejercer cualquier otro que se estime pertinente.

Santiago de Compostela, 17 de abril de 2001.

José Carlos del Álamo Jiménez

Conselleiro de Medio Ambiente