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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 03 de mayo de 2001 Pág. 5.883

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2001, conjunta de las direcciones generales de Producción Agropecuaria de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria y de Salud Pública de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se convoca 4 cursos de aplicadores/manipuladores de plaguicidas, nivel básico.

La Orden de 30 de julio de 1997, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establece en la Comunidad Autónoma de Galicia la normativa reguladora para la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas, así como para la obtención del carné de manipuladores de estos productos, establece en su artículo 9 la obligatoriedad de que el organismo oficial responsable publique en el Diario Oficial de Galicia la información correspondiente a cada curso que se vaya a celebrar.

En consecuencia, se anuncia la convocatoria de cuatro cursos (dos de productos fitosanitarios y de uso ganadero, y otros dos de plaguicidas de uso ambiental y de uso en la industria alimentaria), de aplicadores/manipuladores de plaguicidas, que se celebrarán de acuerdo con las siguientes bases:

1. Clase de cursos a impartir:

1.1. Dos cursos de aplicadores/manipuladores de productos fitosanitarios y de uso ganadero. Nivel básico.

1.2. Dos cursos de aplicadores/manipuladores de plaguicidas de uso ambiental y de uso en la industria alimentaria. Nivel básico.

2. Datos de los organismos organizadores:

Los organismos organizadores serán:

2.1. El Servicio de Sanidad Vegetal de la Dirección General de Producción Agropecuaria, para los cursos especificados en el apartado 1.1.

2.2. El Servicio de Protección de la Salud frente a Riesgos Específicos de la Dirección General de Salud Pública, para los cursos especificados en el apartado 1.2.

3. Objetivos de los cursos:

Conseguir una formación adecuada para el personal de los establecimientos y empresas que manipulen o realicen tratamientos con plaguicidas fitosanitarios y de uso ganadero, o de uso ambiental y en la industria alimentaria, al objeto de que puedan obtener el carné de manipulador de estos productos que los capacite para poder ejercer dicha actividad en todo el territorio estatal.

4. Destinatarios:

a) Destinatarios: aplicadores, personal de establecimientos y servicios plaguicidas, agricultores y público en general.

b) Nº de plazas: el número de alumnos que podrá participar en cada curso será de 30 como máximo.

c) Criterios de selección: el solicitante deberá tener, al menos, 18 años de edad. Tendrán preferencia en la selección los aplicadores y/o manipuladores pertenecientes a empresas de tratamientos inscritas, o en proceso de inscripción, en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas de la comunidad autónoma (Orden de 8 de abril de 1996, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales).

5. Celebración:

Los cursos (uno de cada clase en cada centro) se llevarán a cabo en los siguientes centros:

1º Escuela de capacitación agraria de Guísamo.

Dirección: Guísamo-Bergondo (A Coruña).

2º Escuela de capacitación forestal de Lourizán.

Dirección: A Igrexa-19, Lourizán (Pontevedra).

-Duración y horario:

Los cursos se celebrarán en las siguientes fechas:

Guísamo-Bergondo (A Coruña): del 21 al 25 de mayo de 2001.

Lourizán (Pontevedra): del 28 de mayo al 1 de junio de 2001.

La duración de cada curso será de 23 horas lectivas distribuidas en 15 horas de clases teóricas y 8 de clases prácticas.

El horario de los cursos será de 9 a 17.30 horas de lunes a jueves (jornadas de mañana y tarde), y de 9 a 14 horas el viernes. Los coordinadores podrán modificar el horario o los días si es necesario.

6. Programa:

Los temarios que se impartirán son los que figuran en el anexo II.

7. Coordinadores técnicos del curso:

De acuerdo con la facultad conferida en el artículo 10 de la Orden de 30 de julio de 1997, los coordinadores técnicos serán:

1.1. Un técnico del Servicio de Sanidad Vegetal de la Dirección General de Producción Agropecuaria para los cursos 1.1 del apartado 1 a celebrar en Guísamo y Lourizán.

1.2. Manuel Porto Porto, jefe de Sección de Sanidad Ambiental de la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña para el curso 1.2 del apartado 1 a celebrar en Guísamo, y María del Carmen Sánchez Barral, jefa de Sección de Sanidad Ambiental de la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de Pontevedra para el curso 1.2 del apartado 1 a celebrar en Lourizán.

8. Solicitudes e inscripción:

Las solicitudes de asistencia se presentarán en los modelos que figuran en el anexo I. El solicitante podrá asistir a uno o a los dos cursos que se celebren en el mismo centro, siendo compatible el horario de realización de los mismos.

La documentación señalada anteriormente se presentará en los registros generales de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria o de Sanidad y Servicios Sociales, dependiendo de los cursos solicitados, en horario de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación será de 10 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución.

-Documentación : el personal que desee participar en estos cursos deberá presentar cubierta la solicitud o solicitudes que figuran como anexo I, junto con una fotocopia compulsada del DNI y, en su caso, certificación expedida por el establecimiento o servicio de plaguicidas, especificando la labor que desempeña el solicitante en él.

-Admisión: la relación de solicitantes admitidos se expondrá en el tablón de anuncios de las direcciones generales de Producción Agropecuaria de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria y de Salud Pública de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de finalización del plazo señalado para la inscripción.

9. Certificado de superación del curso:

Es obligatoria la asistencia a todas las sesiones del curso. Finalizado éste, la entidad organizadora realizará las pruebas pertinentes que evalúen los conocimientos adquiridos por los alumnos y, en caso de superarlas, expedirá el certificado con el que podrá solicitar a las direcciones generales de Producción Agropecuaria y de Salud Pública, según corresponda, el carné de manipulador de plaguicidas de productos fitosanitarios y de uso ganadero o de uso ambiental y en la industria alimentaria, nivel básico, que es el único documento válido para poder ejercer la actividad y a los efectos de inspección por parte de los organismos oficiales correspondientes.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2001.

Manuel Díaz CanoPilar Farjas Abadía

Director generalDirectora general

de Producción Agropecuariade Salud Pública

de la Consellería de Agricultura,de la Consellería de Sanidad

Ganadería y Política Agroalimentariay Servicios Sociales