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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 26 de abril de 2001 Pág. 5.577

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ACUERDO de 11 de abril de 2001, de la Delegación Provincial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, el estudio de impacto ambiental y la aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de las instalaciones electromecánicas que se citan. (Expediente IN661A 11/2000).

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310), Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia (DOG nº 188), Real decreto ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental (BOE nº 241), Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal (DOG nº 75) y el Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia (DOG nº 136), se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución, el estudio de impacto ambiental y la aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de las instalaciones electromecánicas que se citan:

Solicitante: Endesa Cogeneración y Renovables, S.A.

Domicilio social: c/ O Castiñeiriño, 12, 3º, 15702-Santiago de Compostela.

Denominación: parque eólico de Pico Cerdeira.

Municipios afectados: Cerceda y A Laracha (A Coruña).

Características técnicas:

-Potencia a instalar: 24,42 MW.

Coordenadas:

V: (X=538.100; Y= 4.783.000).

V: (X=540.950; Y= 4.782.050).

V: (X=540.800; Y= 4.781.000).

V: (X=539.000; Y= 4.779.500).

V: (X=538.100; Y= 4.779.410).

-37 aerogeneradores de 660 kW de potencia nominal unitaria montados sobre fuste tubular metálico de 45 m de altura y rotores de 3 palas de 46 m de diámetro.

-37 transformadores, situados en el interior de los fustes de 700 kVA y tensiones de 0,69/20 kV.

-Red eléctrica subterránea de media tensión a 20 kV realizada en conductor R.H.Z.1 15/20 kV 3x1x(1x240) mm Al para interconexión de los aerogeneradores y éstos con la subestación transformadora.

-Subestación transformadora 20/220 kV equipada con transformador de 26 MVA y relación de transformación 20/220 kV, transformador de servicios auxiliares de 50 kVA y relación 20/0,420 kV, aparellaje de medida, protección, telemando e telecontrol.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar sus alegaciones en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de Monelos, s/n, 15701-A Coruña, en el plazo de treinta días, a partir de la última publicación.

El estudio de impacto ambiental correspondiente a las intalaciones del parque eólico de Pico Cerdeira

se podrá examinar en los ayuntamientos de Cerceda y A Laracha y en las dependencias de las delegaciones provinciales de las consellerías de Medio Ambiente y de Industria y Comercio de A Coruña.

Asimismo, el proyecto salarial del parque eólico de Pico Cerdeira se podrá examinar en los citados ayuntamientos y en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, pudiendo presentarse cuantas alegaciones se consideren pertinentes ante la Delegación Provincial de Industria y Comercio de A Coruña, dentro del plazo señalado anteriormente.

A Coruña, 11 de abril de 2001.

Jesús Espada Martínez

Delegada provincial de A Coruña