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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miercoles, 25 de abril de 2001 Pág. 5.499

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 9 de abril de 2001 por la que se clasifican puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Toén (Ourense).

El Ayuntamiento de Toén (Ourense), en sesión del Pleno celebrada el día 22 de febrero de 2001, adoptó el acuerdo relativo a la creación del puesto de colaboración de adjunto a la Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, proponiendo su clasificación en clase tercera.

El artículo 2.g) del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, establece que los puestos de colaboración pueden ser creados discrecionalmente por las corporaciones locales y ser clasificados a propuesta de aquellas administraciones por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, en aplicación de lo establecido en los artículos 2 g) y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de la atribución del artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, en relación con el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, esta consellería

DISPONE:

El puesto de trabajo de adjunto a la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Toén (Ourense), se clasifica en clase tercera (3ª), reservándose a funcionarios/as de administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Santiago de Compostela, 9 de abril de 2001.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública