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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 20 de abril de 2001 Pág. 5.320

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

FUNDACIÓN PÚBLICA ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA

ACUERDO de 5 de abril de 2001 por el que se anuncia la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura por personal laboral fijo de 11 plazas de personal de servicios generales (PSG) en la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas).

El artículo 20.1º de los estatutos de la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (en adelante Fegas) dispone que el régimen jurídico del personal de la fundación será de carácter laboral.

A su vez, los artículos 2 y 3 de la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene una participación mayoritaria la Xunta de Galicia en materia de personal y de contratación

(Diario Oficial de Galicia nº 227, del 20 de noviembre) y el artículo 20.2º de dichos estatutos disponen que la selección de su personal será efectuada con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la convocatoria.

En este sentido, el patronato de la fundación acordó la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura por personal laboral fijo de 11 plazas de la plantilla de la fundación pertenecientes a la categoría de personal de servicios generales, y que cuenta con los informes favorables de las consellerías de la Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda.

En su virtud, la dirección de la fundación, en uso das atribuciones que le corresponden, hace pública la convocatoria de dicho proceso selectivo conforme a las siguientes bases:

Primera.-Normas generales.

Se convoca proceso selectivo para la cobertura por personal laboral fijo de 11 plazas pertenecientes a la categoría profesional de personal de servicios generales (en adelante PSG), de la plantilla de personal de la Fegas.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

Todos los requisitos establecidos en la presente base deberán ser poseídos por los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo de presentación de la solicitud de admisión y se tendrán que mantener hasta la toma de posesión como personal laboral fijo de la Fegas en la categoría de PSG. Se exceptúa de lo anterior el requisito exigido en el apartado f), que deberá poseerse, en todo caso, en el momento de dicha toma de posesión.

a) Tener cumplidos 18 años en el momento de presentar la solicitud.

b) Ser español o ser nacional de algún estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrá participar el cónyuge, ascendientes e descendientes del cónyuge, de los españoles e de los nacionales de los países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de la edad anterior que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados, cando así se prevea en los tratados internacionales cele

brados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

c) Estar en posesión de la titulación de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Haber abonado los derechos de participación en el proceso selectivo.

g) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B1.

Al presentarse a este proceso, se asume que los participantes conocen y aceptan las bases de la presente convocatoria.

En todo caso, la comisión de selección se reservará el derecho a exigir que se acredite convenientemente la existencia o no de cualquier requisito de participación de los aspirantes en cualquier momento anterior a la resolución definitiva del proceso selectivo.

Tercera.-Información del proceso selectivo.

1. Durante todo el proceso selectivo estará habilitada una oficina de información en la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas), polígono de As Fontiñas, calle de Madrid 2-4, 2ª planta, CP: 15707, Santiago de Compostela, A Coruña. Horario: de las 9.30 a las 13.30 horas y de las 17 a las 18.30 horas (de lunes a jueves y viernes por la mañana). Teléfono de información: 981 58 06 33.

En dicha oficina se podrá obtener todo tipo de información general acerca del proceso selectivo. En el teléfono señalado no se puede obtener información acerca de las puntuaciones obtenidas por los candidatos, ya que solamente se facilitará información general acerca del proceso. Todos los resultados de las diferentes fases del proceso selectivo serán expuestos en el tablón de anuncios de la oficina de información.

2. Igualmente, se podrá obtener todo tipo de información sobre la convocatoria, anuncios y resultados del proceso selectivo en la página web del Sergas (sergas.es).

3. En todo caso, se publicarán en el Diario Oficial de Galicia los anuncios relativos a la celebración de la fase de las pruebas eliminatorias del proceso selectivo. Los anuncios relativos a la fase curricular del mismo se publicarán en el tablón de anuncios de la oficina de información.

En este sentido, las pruebas eliminatorias se anunciarán, como mínimo, diez días naturales antes de su celebración.

La presentación de la documentación para participar en la primera subfase de la fase curricular (baremación) será de quince días naturales a partir de la publicación del correspondiente anuncio.

El anuncio convocando a los aspirantes a la subfase de entrevista de la fase curricular se publicará, como mínimo, cinco días naturales antes de su celebración.

Cuarta.-Solicitudes de admisión.

1. Los aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar las correspondientes solicitudes en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, siendo excluidas aquellas solicitudes que sean presentadas fuera de dicho plazo.

2. Dichas solicitudes deberán cubrirse necesariamente conforme al modelo que se proporcionará a los aspirantes gratuitamente en los siguientes lugares:

a) En la oficina de información de la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas), polígono de As Fontiñas, calle de Madrid 2-4, 2ª planta, CP: 15707, Santiago de Compostela, A Coruña.

b) En la Secretaría Xeral de la Consellería de Sanidade e Servicios Sociais.

c) En la División de Recursos Humanos del Sergas.

d) En las delegaciones provinciales de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

e) En la Dirección Provincial del Sergas de Pontevedra en Vigo.

Dicho modelo consta de tres partes, una destinada a la fundación, otra al interesado y una tercera que quedará en poder de la entidad bancaria o de ahorro.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hicieron constar en la solicitud. El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido para efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de los aspirantes, tanto los errores en su consignación como la no comunicación de los cambios de domicilio.

Los errores de hecho que se advirtieran en cualquiera de las fases del proceso selectivo se podrán corregir en cualquier momento de oficio o por petición do interesado.

3. Dicha solicitud tendrá que cubrirse conforme a las instrucciones que figuran en su dorso.

4. La cuota a satisfacer por participar en el proceso selectivo asciende a la cantidad de cuatro mil pesetas-veinticuatro con cero cuatro euros (4.000 pesetas-24,04 euros) y se abonará mediante su ingreso en la c/c 0182-5947-12-0010114444 do BBV, oficina da calle Senra nº 3 de Santiago de Compostela, a favor de la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas). A tal efecto, la entidad bancaria o de aforro a través de la que se efectúe dicho ingreso deberá sellar la casilla designada al efecto en la solicitud, adverando, de este modo, haberse abonado dicho ingreso a nombre del aspirante, no siendo necesario adjuntar ningún otro justificante. Las personas con una minusvalía superior al 33% están exentas del pago, debiendo acreditarlo con copia compulsada del documento de reconocimiento de la minusvalía en el que conste su grado y que deberá graparse en el espacio específicamente reservado al efecto en la hoja de la solicitud que se entregue a la fundación.

Dicho sello de la entidad bancaria habrá de estamparse en las tres hojas de las que consta el modelo de solicitud.

5. Solamente se admitirán solicitudes entregadas de este modo, considerándose la falta de ingreso de los derechos de participación como una causa excluyente. El simple abono de dichos derechos de participación no supondrá, en ningún caso, la substitución del trámite de presentación de la solicitud. Dichos derechos de participación no se devolverán en ningún caso.

6. Una vez cubierto debidamente el modelo de solicitud y abonados dichos derechos de participación en la forma establecida en los apartados anteriores, se presentará la misma a través de los siguientes procedimientos:

a) Mediante su presentación en la propia Fegas, en su oficina de información.

b) Por correo certificado, en un sobre cerrado, de tamaño adecuado (A4 o similar), sin doblar, debiendo figurar necesariamente en el modelo de solicitud a remitir á Fegas un sello en el que conste la fecha de envío debidamente cubierta por la correspondiente oficina de correos.

El ejemplar del modelo de solicitud que debe presentarse según uno de estos procedimientos será aquel que en su parte inferior izquierda dice literalmente «ejemplar para la fundación».

Quinta.-Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la revisión de las presentadas. Finalizado dicho proceso, se dictará acuerdo declarando con carácter provisional los aspirantes admitidos y excluidos, con el motivo de la exclusión.

2. Dicho acuerdo se publicará en los lugares a los que se refiere la base 4.2 del presente acuerdo y se concederá un plazo de siete días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista en la oficina de información de la Fegas, para que, en su caso, se subsanen aquellas causas de exclusión susceptibles de tal trámite.

3. A la vista de las peticiones de reparación presentadas, se publicará, en la forma descrita en el número 2 de la presente base, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. A tal efecto, la estimación o, en su caso, desestimación de dichas peticiones de reparación, se entenderán implícitas en el acuerdo que publique dichos listados definitivos.

Sexta.-Fases del proceso selectivo.

1. La estructura del proceso selectivo constará de dos fases.

A) Pruebas eliminatorias.

B) Fase curricular.

Los aspirantes que no superen u obtengan el 50% de la puntuación fijada como máxima para la fase de las pruebas eliminatorias y para la subfase de entrevista de la fase curricular resultarán eliminados. En lo relativo a la subfase de baremación de la fase curricular se estará a lo dispuesto en el apartado B.1. de esta base.

A) Pruebas eliminatorias.

Esta fase tendrá un valor total do 60% de la puntuación total del proceso selectivo y constará de dos pruebas que tendrán carácter eliminatorio.

Los aspirantes serán convocados para cada prueba eliminatoria en un único llamamiento y serán excluidos del proceso selectivo los que no comparezcan.

En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros de la comisión de selección con la finalidad de que acrediten su personalidad.

A.1. La primera prueba consistirá en contestar en el plazo máximo de una hora y cuarenta y cinco minutos a un cuestionario tipo test de 100 preguntas sobre las materias de que verse el programa publicado por acuerdo do 20 de marzo de 2001 (Diario Oficial de Galicia nº 67, del 4 de abril). Igualmente, en dicho test se incluirán 10 preguntas que acrediten el conocimiento por el aspirante del idioma gallego. Esta prueba será valorada de 0 a 75 puntos.

La comisión de selección podrá acordar en esta prueba la inclusión de preguntas reserva que deberán ser contestadas obligatoriamente por los aspirantes, ampliándose en tal supuesto y de forma proporcional el tiempo de realización del ejercicio.

Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente a razón de un quinto de la puntuación asignada a las respuestas correctas.

La comisión de selección adoptará las medidas oportunas para garantizar que esta prueba eliminatoria sea corregida sin que se conozca la identidad de los aspirantes, excluyéndose aquellos que tengan ejercicios en los que figuren marcas o figuras que permitan conocer la identidad del mismo. Al rematar la prueba se le entregará a cada aspirante la última copia de su hoja de respuestas. La plantilla de respuestas correctas se publicará con posterioridad a este en el tablón de anuncios de la oficina de información y en la página web del Sergas.

Esta primera prueba eliminatoria se prevé celebrar entre los días 23 de junio y 14 de julio de 2001.

A.2. La segunda prueba consistirá en la realización de una prueba de contenido teórico-práctico a través de la que se evidencie el conocimiento por los aspirantes de la materia informática y de su aplicación práctica, sobre manejo de paquetes ofimáticos (hoja de cálculo y procesador de textos), en contorno Office, y que podrá diferenciarse en dos partes, una teórica y otra práctica, en la proporción, en el tiempo y con los medios que la comisión de selección estime adecuados.

La comisión de selección, por cuestión de índole organizativa, podrá proponer ejercicios distintos de similares características, que serán sorteados al azar en los correspondientes llamamientos parciales.

Asimismo, todos aquellos ejercicios que no obtengan la puntuación mínima exigida para superar la prueba, serán calificados directamente como no apto.

Esta prueba será valorada de 0 a 45 puntos.

Rematada la fase de pruebas selectivas, la comisión de selección acordará la apertura de la fase curricular en el plazo y forma establecido en la base tercera.

B) Fase curricular.

Los aspirantes que superen la primera fase (pruebas eliminatorias) accederán a la segunda, que tendrá un valor total del 40% de la puntuación alcanzable en

el proceso selectivo, con una puntuación máxima de 80 puntos.

A su vez, esta fase se subdividirá en las siguientes subfases, que tendrán, cada una de ellas, carácter eliminatorio:

B.1. Baremación.

Se llevará a efecto del siguiente modo:

Experiencia en la misma categoría profesional o en otra de similar o de análogo contenido funcional a la convocada, en entidades adscritas a cualquier Administración pública dedicadas a la formación continua del personal al servicio del Sistema Nacional de Salud, siempre que se acredite tal extremo ante la comisión de selección del modo señalado en la presente convocatoria, hasta un máximo del 30% de la puntuación total alcanzable en el conjunto del proceso selectivo.

A estos efectos, la puntuación máxima alcanzable en esta subfase será de 60 puntos, a razón de 1,50 puntos por mes de servicios prestados, computándose a estos efectos las fracciones de mes como mes entero trabajado.

A efectos del cómputo de estos servicios se tendrá en cuenta los prestados hasta la fecha en la que la comisión de selección haga público los aspirantes que han superado la primera fase del proceso selectivo consistente en las pruebas eliminatorias.

La acreditación de la experiencia se realizará aportando certificación expedida por la entidad que corresponda en la que consten la categoría profesional, las funciones principales desarrolladas y el tiempo de prestación de servicios por el aspirante. Además de dicha certificación, el aspirante presentará, en todo caso, el informe de vida laboral emitido por el organismo público correspondiente.

La comisión de selección podrá, de considerarlo necesario, solicitar una ampliación de dicha documentación así como verificar, por cualquier medio, la veracidad de los méritos alegados.

La comisión de selección, una vez que se procedió a la baremación en estos términos, decidirá, a la vista del resultado de las pruebas eliminatorias y de esta subfase de baremación, y en función do número de plazas ofertadas, aquellos aspirantes que acceden a la siguiente subfase, quedando eliminados del proceso selectivo los restantes.

Rematada esta subfase, la comisión de selección citará a los aspirantes que tengan superada la subfase de baremación para la celebración de la entrevista, en el plazo y forma establecido en la base tercera.

B.2. Entrevista.

La subfase de entrevista se valorará hasta un máximo del 10% de la puntuación total alcanzable en el conjunto del proceso selectivo, valorándose de 0 puntos a 20 puntos y tendrá un carácter personal, reglado y estructurado en torno a parámetros objetivos, con la finalidad de conocer aquellas cualidades que posean los aspirantes en orden al desarrollo de las funciones asignadas al puesto de trabajo, tales como facilidad de comunicación y fluidez verbal, capacidad de trabajo en equipo, relación con los alumnos, sentido común, capacidad para asumir responsabilidades, motivación,

así como cualquier otra que esté vinculada al óptimo desarrollo de dichas funciones.

2. Rematada la subfase de entrevista personal, la comisión de selección dictará acuerdo declarando concluso el proceso selectivo y relacionando los aspirantes que lo superaron.

3. En caso de empate en la puntuación final del proceso selectivo, se resolverá en función de los siguientes criterios:

a) En primer lugar se acudirá a la puntuación final obtenida en el conjunto de las pruebas eliminatorias.

b) De mantenerse el empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en la primera de las pruebas eliminatorias.

c) De continuar el empate, se acudirá a la mejor puntuación en la subfase de baremación de la fase curricular.

d) De continuar el empate, se acudirá a la mejor puntuación en la subfase de la entrevista de la fase curricular.

e) De mantenerse el empate, se acudirá a un sorteo en presencia de los miembros de la comisión de selección y de los aspirantes afectados, que serán previamente citados de modo fehaciente.

Séptima.-Comisión de selección.

1. La comisión de selección del proceso selectivo tendrá la siguiente composición:

Presidente:

Javier Bouzada Romero, director de la Fegas.

Secretario, con voz y voto:

Jesús Senra Negro, funcionario de la División de Recursos Humanos del Sergas.

Vocales:

Mª Dolores García Jiménez, funcionaria de la División de Recursos Económicos del Sergas.

Enrique Paseiro Pardal, funcionario de la Secretaría Xeral del Sergas.

Un representante de las organizaciones sindicales con representación en el sector sanitario público de Galicia.

En el supuesto de que alguno de dichos miembros deba ser sustituido por cualquier causa, la dirección de la fundación procederá al nombramiento de un nuevo miembro, publicando el mismo en el tablón de anuncios de la oficina de información.

2. Los miembros de la comisión de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándoselo a la dirección de la fundación, cuando concurra en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cuando en los cinco años anteriores a la convocatoria realizaran tareas específicas de preparación de aspirantes para el ingreso en similar categoría profesional. El presidente podrá solicitar de los miembros de la comisión de selección declaración expresa de no encontrarse incurso en las circunstancias a que se hace referencia en este número.

3. Corresponde a la comisión de selección las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas eliminatorias y de la subfase de entrevista y a la calificación de los aspirantes en todas las fases del proceso selectivo, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas para el correcto desarrollo del mismo.

En concreto, en lo referente a las pruebas eliminatorias le corresponde establecer los criterios de corrección de las mismas, y decidir, según esto, los aspirantes que las superan o que resultan eliminados del proceso y, en lo referente a la subfase de entrevista, le corresponde valorar la concurrencia en los distintos aspirantes de las cualidades descritas en el apartado B.2. de la presente base y decidir, según esto, los aspirantes que la superen.

4. La comisión de selección tendrá su sede en la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas), situada en el polígono de As Fontiñas, calle de Madrid 2 - 4, 2ª planta, en Santiago de Compostela.

5. La comisión de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas o de apoyo que estime oportunos. Dichos asesores se limitarán a prestar su colaboración, con voz y sin voto.

6. A partir de su constitución, la comisión de selección requerirá, para actuar válidamente, la presencia de la mayoría de sus miembros. Por acuerdo de sus miembros, la comisión de selección podrá acordar la autoconvocatoria para la siguiente o siguientes sesiones que celebre, sin necesidad de citación por escrito a sus miembros.

Los acuerdos de la comisión de selección se adoptarán por mayoría simple, decidiendo, en caso de empate, el voto de calidad del presidente, levantándose acta por el secretario de cada una de las sesiones.

7. En ningún caso la comisión de selección podrá declarar que superaron el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, aunque sí podrá declarar desierta la cobertura de una o varias de las mismas.

Octava.-Reclamaciones.

Sin perjuicio de la facultad del aspirante de acudir a los tribunales de justicia, se podrán presentar reclamaciones contra los acuerdos y actuaciones de la comisión de selección, en las siguientes condiciones y plazos, que se contarán a partir del día siguiente al de exposición al público del correspondiente acuerdo en el tablón de anuncios de la oficina de información y se interpondrá mediante escrito dirigido al presidente da comisión de selección:

a) Reclamación sobre el contenido de las preguntas incluidas en la primera de las probas eliminatorias (test): cinco días naturales.

b) Reclamación sobre resultados de dicho ejercicio: cinco días naturales.

c) Reclamación o solicitud de revisión del segundo ejercicio (prueba informática), de las pruebas eliminatorias: cinco días naturales.

d) Reclamación sobre la baremación de la primera subfase de la fase curricular: cinco días naturales.

Novena.-Lista de contrataciones.

Al finalizar el proceso selectivo, se elaborará una relación ordenada en la que figuren todos los aspirantes que superaron todas las fases del proceso selectivo, excepto a entrevista, para su posible contratación laboral temporal en la categoría convocada, siempre y cuando las necesidades de personal existente en la fundación lo demanden, teniendo el carácter de lista previa a efectos del artículo 7 de la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene una participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y de contratación, y sin perjuicio de la utilización por la fundación de otras formas de cobertura de plazas vacantes previstas en la legislación vigente.

Décima.-Toma de posesión.

Los plazos de toma de posesión de los aspirantes seleccionados, de presentación da documentación que se les requiera y de firma de los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo de la fundación serán fijados, al final del proceso selectivo, por la dirección de la misma.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2001.

Javier Bouzada Romero

Director de la Fundación Pública Escola Galega

de Administración Sanitaria (Fegas)

FUNDACIÓN PÚBLICA HOSPITAL DO

SALNÉS