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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 20 de abril de 2001 Pág. 5.288

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (87/2000).

Yo, Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, da fe y testimonio:

Que en este juzgado se siguen autos de juicio de faltas número 87/2000, por falta de respeto a los agentes de la autoridad, en los que ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela, a 15 de septiembre de 2000.

José Gómez Rey, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de este partido, pronuncia la siguiente sentencia:

Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 87/2000, seguidos en este juzgado sobre falta de respeto a los agentes de la autoridad, en los que son partes, además del Ministerio Fiscal, el denunciante los policías nacionales número 52.882 y 54.430; y el denunciado Julio Ángel Luis Castillo Gómez.

Fallo que debo condenar y condeno a Julio Ángel Luis Castillo Gómez, como autor de una falta de respeto a los agentes de la autoridad, a la pena de multa de veinte días, fijando el importe de la cuota diaria de la pena de multa en la cuantía de doscientas pesetas y señalando la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, en la forma que disponen los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que así conste y sirva de notificacióin al denunciado Julio Ángel Luis Castillo Gómez, en paradero desconocido, expido, sello y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela, a diecinueve de marzo de dos mil uno.

La secretaria judicial

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