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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 18 de abril de 2001 Pág. 5.104

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo para la presentación de solicitudes a las que se refiere el artículo 12 c) del Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo, para el cuerpo subalterno de la Xunta de Galicia (grupo E), listas A1 y A2.

BASES:

Primera.-Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la modificación de las listas A1 y A2, elaboradas tras la convocatoria realizada por la Resolución de 1 de marzo de 2000, de la Dirección General de la Función Pública (DOG nº 51, del 14 de marzo), y publicadas por la Resolución de 26 de julio de 2000 de la Dirección General de la Función Pública (DOG nº 156, del 11 de agosto), para la cobertura, con carácter temporal, mediante el nombramiento de personal interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo, y correspondientes al cuerpo subalterno de la Xunta de Galicia (grupo E), de conformidad con lo establecido en el artículo 12c) del citado decreto.

Segunda.-Modificación de las listas. Personas que pueden participar.

La modificación consistirá, de conformidad con el artículo 12c) del Decreto 89/1997, de 10 de abril, en la inclusión de las personas que, reuniendo los requisitos para formar parte de las listas a las que hace referencia la base 1ª (lista A1 y A2), no presentaron en el plazo fijado por la Resolución de 1 de marzo de 2000 (DOG nº 51, del 14 de marzo) la correspondiente instancia, o, en su caso, los que habiendo presentado solicitud figuraron excluidos en las listas definitivas.

Tercera.-Solicitudes.

1. Las solicitudes que presenten los interesados para su inclusión en la correspondiente lista se dirigirán al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y se ajustarán al modelo que se publica como anexo I de esta convocatoria.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y se podrán presentar en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en sus delegaciones provinciales, oficinas comarcales de la Xunta de Galicia, así como en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Los solicitantes estarán obligados, en el plazo de diez días contados a partir de la publicación de las listas provisionales, a remitir a la Dirección General de la Función Pública el justificante de haber pagado la tasa que a continuación se expresa:

Cuerpo subalterno de la Xunta de Galicia. 3.880 pesetas.

Los que así no lo hiciesen en el plazo indicado serán excluidos automáticamente de las listas.

Estarán exentos del pago de esta tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, con justificación documental.

Para hacer efectivo el ingreso de la tasa se deberá cumplimentar el anexo II. Los modelos correspondientes a este anexo se facilitarán en las dependencias de la

Administración de la Xunta de Galicia especificadas en la base 3.2, debiendo cubrirse con los códigos que figuran en éste. No obstante, para el cumplimiento de este requisito se podrá utilizar una fotocopia del anexo II, que se publica con esta convocatoria.

Cuarta.-Requisitos.

Los solicitantes deberán reunir el siguiente requisito: certificado de escolaridad o equivalente. El citado requisito se deberá poseer en el último día del plazo para la presentación de solicitudes.

Asimismo, tendrán que acreditar en el momento en que acepten el puesto de trabajo que se les oferte:

-Ser español.

-Haber cumplido los 18 años.

-No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

-No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

En el supuesto de que no acrediten estos requisitos, los solicitantes decaerán en todos sus derechos y quedarán excluidos de la lista.

Quinta.-Documentación.

Junto con la solicitud deberá presentarse fotocopia del DNI y fotocopia cotejada del título académico que se adjunte, y, en su caso, copia cotejada de la calificación de la minusvalía, a los efectos de la exención prevista en la base 3.3.

Sexta.-Elaboración de las listas.

1. La comisión permanente de selección para la cobertura temporal de puestos de trabajo reservados a funcionarios, a la que se refiere el artículo 5 del Decreto 89/1997, y que tiene la categoría primera de las previstas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo, será la encargada de elaborar las listas correspondientes.

2. Una vez elaboradas las listas, la Dirección General de la Función Pública publicará en el Diario Oficial de Galicia el anuncio de la exposición de éstas en los tablones de anuncios del Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en los de sus delegaciones provinciales y en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.

3. A partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia del anuncio de la exposición de las listas definitivas de esta convocatoria, los solicitantes admitidos serán incluidos por la Comisión Permanente de Selección en la lista correspondiente, en el lugar que les corresponda por el orden de prelación atendiendo al resultado obtenido en el proceso selectivo.

Séptima.-Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, conforme al artículo 14.2º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2001.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública