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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 18 de abril de 2001 Pág. 5.094

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2001 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria pública de diez becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega y se anuncia su convocatoria.

El artículo 6 de la Ley 8/1983, de 8 de julio, en su apartado b), establece que: compete al Consejo de la Cultura Gallega investigar y valorar las necesidades culturales del pueblo gallego.

Dentro del plan de actividades del Consejo de la Cultura Gallega para el año 2001 figura la convocatoria pública de becas de investigación para realizar proyectos sobre diversos aspectos de la cultura gallega.

Su otorgamiento se enmarca dentro de las funciones atribuidas al Consejo de la Cultura Gallega en la Ley 8/1983, de 8 de julio, que desarrolla el artículo 32 del Estatuto de autonomía.

En su virtud, se aprueban las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convocan diez becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Como anexos a la presente resolución se incluyen los requisitos específicos que deben reunir los solicitantes de cada beca.

Segunda.-Cuantía de las becas y dotación presupuestaria.

Las becas constan de una asignación mensual con la retención fiscal que corresponda.

La cuantía se especifica en los anexos correspondientes.

El pago de la beca se realizará mensualmente en la cuenta bancaria indicada por el interesado, previo certificado del director de la investigación, siempre que los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Para el gasto que se proyecta se habilitará el crédito suficiente en la partida presupuestaria 03.01.111D.480.0, por una cuantía máxima total de cuatro millones ochocientas sesenta mil pesetas (4.860.000), impuestos incluidos, correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2001.

Tercera.-Duración.

Las tareas relativas a las becas se iniciarán a partir de la fecha de incorporación de los becarios y tendrán una duración especificada en el anexo correspondiente a cada beca, en ningún caso superior al 31 de diciembre de 2001.

Estas becas podrán prorrogarse hasta un máximo de tres años, incluido el período inicial, a la vista del trabajo realizado por el becario, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

Cuarta.-Requisitos generales.

a) Ser español o pertenecer a un país miembro de la Unión Europea.

b) Poseer conocimientos de lengua gallega.

c) Ser licenciado o, en su caso, diplomado universitario.

d) No llevar más de cuatro años licenciado o, en su caso, diplomado. Sin embargo, pueden optar a las becas las personas que se encuentren en esta circunstancia, siempre que estén cursando estudios de tercer ciclo o ya los hayan cursado en el momento de presentarse a la convocatoria.

e) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Consejo de la Cultura Gallega durante un plazo interrumpido superior a los 3 años.

f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

g) No desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo, anexo VIII, irán dirigidas al presidente del Consejo de la Cultura Gallega y se entregarán en la sede del Consejo de la Cultura Gallega (Pazo de Raxoi, 2º piso, Plaza del Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela) o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOG, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa.

-Currículum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni institución

pública como consecuencia de expediente disciplinario, así como de no desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.

Transcurrido el plazo de veinte días, se hará pública una lista de candidatos admitidos y excluidos, dándoseles a estos últimos un plazo de diez días naturales para presentar las alegaciones o la documentación relevante.

Sexta.-Comisión de valoración.

La comisión de valoración estará formada por dos miembros de la Comisión Ejecutiva y el coordinador de la sección, o director del archivo o proyecto que solicite la beca. Este último puede, a su vez, delegar en un miembro de la sección o comisión técnica correspondiente.

Séptima.-Baremo para la selección de los becarios.

-Titulación del solicitante y expediente académico: hasta un máximo de 4 puntos.

-Currículum vitae del solicitante, experiencia investigadora y colaboración en proyectos de investigación similares: hasta un máximo de 4 puntos.

Además del examen de la documentación presentada, la comisión podrá convocar a los solicitantes que obtuvieron una mayor puntuación en la fase anterior, a una entrevista personal, para valorar sus conocimientos y aptitudes, hasta un máximo de 2 puntos.

El presidente de la comisión propondrá al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la relación de candidatos seleccionados para la adjudicación de la beca.

Finalmente, la comisión hará pública la relación de los candidatos seleccionados (titulares y suplentes) por orden de puntuación, y las becas se adjudicarán por resolución del presidente, que será debidamente notificada a los solicitantes. La citada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, o podrá ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La comisión de evaluación podrá declarar desierta la convocatoria, si estima que ninguno de los candidatos resulta idóneo.

La resolución del presidente se adoptará en el plazo de tres meses, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la convocatoria de las becas, produciendo efectos desestimatorios la falta de resolución.

En el caso de que, adjudicadas las becas, surjan las renuncias se adjudicará automáticamente la ayuda al siguiente aspirante en puntuación, procediéndose del mismo modo en las renuncias consecutivas.

Octava.-Aceptación de las becas.

Una vez recibidas las notificaciones de concesión de las becas por los beneficiarios, éstos, en el plazo de cuatro días naturales, comunicarán por escrito al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la acep

tación o renuncia a las mismas. Si transcurridos esos cuatro días no se hiciese manifestación en ningún sentido, se entenderá como renuncia a la beca, declarándose terminado el procedimiento.

Novena.-Obligaciones de los beneficiarios.

Para justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la beca y la aplicación de los fondos percibidos, los beneficiarios presentarán, dentro del mes siguiente al del término de la beca, un informe sobre el proyecto de investigación que están realizando.

En el caso de que los beneficiarios incumpliesen alguna de las condiciones establecidas para la concesión de la beca, quedarán obligados al reintegro total o parcial del importe de la ayuda que en cada caso fuese pertinente.

Los beneficiarios están obligados a facilitar la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control de destino de las becas.

Décima.-Régimen de colaboración.

La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán, en el plazo de tres días naturales desde el término del plazo para comunicar su aceptación, y desarrollarán su labor en los lugares y horarios establecidos en los correspondientes anexos.

Undécima.-Extinción anticipada de la beca.

En el caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, el presidente del Consejo de la Cultura Gallega, después de escuchar a la persona afectada, podrá anular la beca y atribuirla al aspirante que ocupe el primer lugar en orden de puntuación al final del proceso de selección, o al siguiente o siguientes cuando los convocados no pudiesen prestar su colaboración por cualquier motivo.

La solicitud de la beca implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2001.

Carlos Casares Mouriño

Presidente del Consejo de la Cultura Gallega

ANEXO I

Dos becas para colaborar en el programa Arquivo Sonoro de Galicia.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa Arquivo Sonoro de Galicia, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega,

para realizar distintas labores de catalogación de los fondos sonoros.

Beca:

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 pestas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en humanidades o diplomado en documentación.

-Poseer conocimientos de biblioteconomía y documentación.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO II

Dos becas para colaborar en la Sección de Comunicación.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Galicia, Un Século de Comunicación, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en ciencias de la información.

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

-Poseer conocimientos de informática.

-Tener experiencia investigadora.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO III

Dos becas para colaborar en la Sección de Artes Plásticas.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en los proyectos de investigación que se están desarrollando en la Sección de Artes Plásticas del Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en historia del arte.

-Experiencia laboral en áreas vinculadas con la historia del arte

-Tener experiencia investigadora en historia del arte.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO IV

Una beca para colaborar en el proyecto Catalogación do Arquivo RTVE-Galicia.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Catalogación do Arquivo de RTVE en Galicia, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en historia del arte.

-Experiencia de investigación en cinematografía.

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO V

Una beca para colaborar en el proyecto Curros Enríquez e o Seu Tempo.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Traduccións da Poesía de Curros Enríquez que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 3 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en traducción, filología gallega o similar.

-Estar realizando los estudios de tercer ciclo o haberlos cursado en el momento de presentarse a la beca.

-Tener experiencia investigadora en historia de la literatura gallega del siglo XIX.

-Tener realizado estudios o trabajos de traducción.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO VI

Una beca para colaborar en el proyecto Curros Enríquez e o Seu Tempo.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Investigación Hemerográfica Sobre la Biografía de Curros Enríquez que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 3 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en filoloxía gallega o similar.

-Estar realizando los estudios de tercer ciclo o haberlos cursado en el momento de presentarse a la beca.

-Tener experiencia investigadora en historia de la literatura gallega del siglo XIX y en el manejo de material hemerográfico.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO VII

Una beca para colaborar en el proyecto Museo Castelao Virtual.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Museo Castelao Virtual que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 pesetas/mes.

Requisitos específicos de los solicitantes: para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Poseer conocimientos de informática, especialmente de diseño y elaboración de páginas Web.

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.