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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 06 de abril de 2001 Pág. 4.650

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2000, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por la que se resuelven las ampliaciones de los expedientes de clasificación de montes de esta provincia 20 y 26/1977.

A los efectos previstos en el artículo 28 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión que tuvo lugar el 14 de diciembre de 2000 en la sala de juntas de la Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente, bajo la presidencia de su delegado provincial, y con la asistencia de los vocales Emilio Sánchez Coto, Manuel Martínez Garrido, José Antonio Illán Torrón, Manuel Veiga Franco y del secretario Luis Quiroga Arnal,

dictó la resolución de ampliar la clasificación como vecinales en mano común de los montes siguientes:

-Expediente número: 20/1977 (ampliación).

Denominación: monte: Teso do Curro, Castro de Goó y Valdofoxo, Freixedo, Tralo Marco, Restre, Tralo Chao, Serra de Abaixo y Lamela.

Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Goó.

Superficie total: 83 hectáreas.

Ayuntamiento: O Incio.

Linderos y perímetro de la parcela nº 1 - Teso do Curro - 0,7 hectáreas:

Norte: camino público. Este: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó. Sur: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó y fincas particulares de vecinos del lugar de Bermún (parroquia de O Viso). Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó.

Linderos y perímetro de la parcela nº 2 - Castro de Goó y Valdofoxo - 42 hectáreas:

Norte: carretera de Bermún (parroquia de O Viso) a Rubián de Cima, fincas particulares de la parroquia de Goó y fincas particulares del lugar de Buxán (parroquia de O Viso) y caminos de servidumbre. Este: fincas particulares de la parroquia de Goó. Sur: fincas particulares de la parroquia de Goó y fincas particulares de vecinos del lugar de Lebaste. Oeste: carretera de O Incio a Rubián de Cima, fincas particulares del lugar de A Pereira de Arriba, fincas particulares del lugar de Viloira (parroquia de Santalla de Bardaos), fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó y fincas particulares de vecinos del lugar de Buxán (parroquia de O Viso).

Linderos y perímetro de la parcela nº 3 - Freixedo - 8 hectáreas:

Norte: fincas particulares de vecinos de la parroquia de O Viso y camino de servidumbre. Este y sur: camino de servidumbre y fincas particulares de la parroquia de Rendar. Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó.

Linderos y perímetro de la parcela nº 4 - Tralo Marco - 1,3 hectáreas:

Norte y oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Goó. Este: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Rendar. Sur: carretera de Rendar a O Incio.

Linderos y perímetro de la parcela nº 5 - Restre - 1,5 hectáreas:

Norte, este y sur: fincas particulares de los vecinos de la parroquia de Goó. Oeste: carretera de Goó a Vilasouto y fincas particulares de los vecinos de la parroquia de Goó.

Linderos y perímetro de la parcela nº 6 - Tralo Chao - 2,5 hectáreas:

Norte, este, sur y oeste: pistas de servicio y fincas particulares de los vecinos del lugar de Lebaste.

Linderos y perímetro de la parcela nº 7 - Serra de Abaixo - 24 hectáreas:

Norte: carretera de Bermún (parroquia de O Viso) a Rubián de Cima y fincas particulares del lugar de Lebaste. Este: fincas particulares del lugar de Lebaste. Sur: carretera del embalse de Vilasouto. Oeste: cortafuegos perimetral del monte de Vilasouto, elenco nº 2715021, conveniado con la Xunta de Galicia.

Linderos y perímetro de la parcela nº 8 - Lamela - 3 hectáreas:

Norte: fincas particulares de los vecinos del lugar de A Pereira de Arriba. Este: fincas particulares del lugar de Lebaste. Sur y oeste: pista de servicio y fincas de los vecinos del lugar de A Pereira de Arriba.

Expediente número: 26/77 (ampliación).

Denominación: monte de Sirgueiros (parcelas: Agra, Serra, Bustela, Val da Costa y Pena da Roda).

Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Sirgueiros.

Superficie total: 65 hectáreas.

Ayuntamiento: O Incio.

Linderos de la parcela nº 1 - Agra - 0,8 hectáreas:

Norte, este y oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos. Sur: camino de servidumbre con dirección Sirgueiros-Reboredo, que linda con fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos.

Linderos de la parcela nº 2 - Serra - 48,8 hectáreas:

Norte: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Sirgueiros. Este: fincas particulares de la parroquia de Toldaos. Sur: camino real que linda con el monte vecinal en mano común de O Hospital de O Incio y fincas particulares de vecinos de la parroquia de A Cruz de O Incio. Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Sirgueiros.

Linderos de la parcela nº 3 - Bustela - 4,1 hectáreas:

Norte, este y oeste: poligonal de las fincas particulares que rodean a la parcela. Sur: monte vecinal en mano común de A Cruz de O Incio.

Linderos de la parcela nº 4 - Val da Costa - 8 hectáreas:

Norte, este, sur y oeste: poligonal de las fincas particulares que rodean a la parcela.

Linderos de la parcela nº 5 - Pena da Roda - 3,3 hectáreas:

Norte y oeste: camino de servidumbre que linda con el monte vecinal en mano común de Rendar y fincas particulares de vecinos de la parroquia de Rendar. Sur y este: fincas particulares de vecinos de las parroquias de Rendar y Sirgueiros.

Contra esta resolución y desde su notificación o publicación, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Admi

nistrativo de Lugo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común y el artículo 28 de su reglamento, modificados los dos preceptos legales por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lugo, 14 de diciembre de 2000.

Luis González Vázquez

Presidente del Jurado Provicial de Montes

Vecinales en Mano Común de Lugo