De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente, por infracción
de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y de su Reglamento de 23 de diciembre.
El importe de la sanción se hará efectivo por transferencia bancaria al nº de cuenta 2091-0388-90-3110001181 de la Caixa Galicia, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente día de la presente publicación, conforme al Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto) y una vez producida la firmeza de esta resolución-firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo. De
no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.
No obstante, de acuerdo con en el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución y en el plazo de un mes se
podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia.
Pontevedra, 14 de marzo de 2001.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Último domicilio conocido
Preceptos
Expediente Denunciado
Hecho denunciado Infringido Sancionador Sanción
O Viso, 12
36810 Redondela
P-I-00/239 Lino Soto González
Quema en época de máximo peligro Art. 138 a) del reglamento de la LIF Art. 139 del reglamento de la LIF 25.000 ptas.