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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 30 de marzo de 2001 Pág. 4.102

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO LÁCTEO Y GANADERO DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2001 por la que se ofertan fincas objeto de transmisión, en virtud de contratos de mandato formalizados con determinados cedentes, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 27 de marzo de 2000, en relación con el programa de ayudas para el cese anticipado en la actividad agraria.

La orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de 27 de marzo de 2000 (DOG nº 66, del 4 de abril), define las normas para la aplicación de un programa de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria en la que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9, el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia (Ilgga), se constituye como servicio de transmisión, encargado de realizar las actividades administrativas de mediación entre cedentes y cesionarios, en los supuestos en que se suscriba contrato de mandato, en modelo oficial, entre el cedente y el director del dicho instituto.

Por su parte, mediante resolución de la dirección del Ilgga, de 14 de junio de 2000 (DOG nº 134, del 11 de julio), se publicó, en su anexo II, el modelo oficial de contrato de mandato entre el mandante-cedente (titular de una explotación que se acoge al cese anticipado en la actividad agraria) y el representante del servicio de transmisión.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.3º de dicha orden, el Ilgga ofertará, por cuenta y nombre del cedente, las fincas objeto de transmisión en los correspondientes contratos de mandato, mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, de una relación de propietarios, fincas, superficies de éstas, municipios en los que se localizan, el régimen en que se oferta la transmisión, así como, en su caso, los derechos, cuotas, cantidades de referencia y concesiones administrativas.

Puesto que determinados titulares de explotaciones formalizaron contrato de mandato con el servicio de transmisión, mediante la presente resolución el Ilgga, en base a la previsión de dicho artículo 9.3º, oferta las fincas de los titulares de explotaciones agrarias (mandantes), acogidos al cese anticipado.

En su virtud, en base a lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.-Oferta de fincas objeto de transmisión.

Conforme a lo previsto en el artículo 9.3º de la orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y

Política Agroalimentaria, de 27 de marzo de 2000, y en las condiciones establecidas en el contrato de mandato firmado, por una parte, por los mandantes-cedentes, titulares de explotaciones acogidas al cese anticipado en la actividad agraria y, por otra, por el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia (lgga), como servicio de transmisión, éste oferta, en nombre y por cuenta de aquéllos, las fincas especificadas en el anexo I de la presente resolución, en el régimen de oferta que se indica.

Segundo.-Solicitudes para acogerse a la oferta.

Los potenciales cesionarios, agrarios o no agrarios, interesados en acogerse a la oferta de transmisión, presentarán un escrito, dirigido a la Dirección del Ilgga (sita en la calle de Os Irmandiños, s/n, Salgueiriños, 15704 Santiago de Compostela), en el que manifiesten su interés en ser cesionarios de las fincas ofertadas.

Tercero.-Traslado a los cedentes.

De los escritos presentados en el servicio de transmisión se dará oportuno traslado a los propietarios de las fincas ofertadas, a fin de obtener su conformidad, con la consiguiente formalización de la transmisión en el régimen de oferta que corresponda.

Cuarto.-Utilización de las tierras cedidas.

En la formalización de la transmisión que se efectúe entre el cedente y el cesionario deberá contar la obligación de éste de que las tierras cedidas, cualquiera que sea su destino, se utilizarán en condiciones compatibles con la conservación o mejora del ambiente, del espacio natural y del campo, en cumplimento de lo previsto en el artículo 8.4º de la Orden de 27 de marzo de 2000.

Quinto.-Exposición pública.

La presente resolución se expondrá en los servicios provinciales del Illga en A Coruña, así como en la Agencia de Extensión Agraria de Ferrol.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2001.

Secundino Grobas Mosquera

Director del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia

ANEXO I

Propietario: José Díaz Fernández

Expediente: 15/2000/01224

ProvinciaAyuntamientoPolígonoParcelaSup. agraria

(en hectáreas)

Régimen de

oferta

A CoruñaNarón5082360,1385Arrendamiento
A CoruñaNarón5082440,1699Arrendamiento
A CoruñaNarón508306-a0,1427Arrendamiento
A CoruñaNarón508306-b0,1488Arrendamiento
A CoruñaNarón42730,0636Arrendamiento
A CoruñaNarón5110,2308Arrendamiento
A CoruñaNarón5081890,1938Arrendamiento
A CoruñaNarón5083480,0812Arrendamiento

Total superficie agraria (en hectáreas)1,1693