En virtud de lo establecido en el artículo 3, del Decreto 3/1987, de 8 de enero, publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 12, del 20 de enero, que desarrolla reglamentariamente la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, previo informe favorable de la Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintidós de marzo de dous mil uno,
DISPONGO:
Artículo único
Se reconoce la galleguidad a la Asociación Hijos del Ayuntamiento de Puerto del Son, de Avellaneda (Argentina).
Disposición final
Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintidós de marzo de dos mil uno.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública