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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miercoles, 21 de marzo de 2001 Pág. 3.618

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2001, de la Dirección General de Justicia, por la que se otorgan los destinos correspondientes al concurso de traslados de 4 de septiembre de 2000, por el que se ofertaban plazas vacantes de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la Administración de justicia.

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Resolución de 4 de septiembre de 2000 (DOG y BOE del 12 de septiembre) para cubrir plazas vacantes entre oficiales, auxiliares y agentes de la Administración de justicia.

Esta dirección general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y los artículos 54, 55 y 57 del Real decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la Administración de justicia,

DISPONE:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados convocado por resolución de fecha mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados en el anexo I de la resolución de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso salvo que se pretendan amortizar mediante modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley orgánica del poder judicial por funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad, o en los 10 días naturales siguientes en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de justicia en los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en los cuerpos de oficiales, auxiliares o agentes y por tanto no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran en activo en otro cuerpo y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al presidente, juez, fiscal o jefe del organismo de su actual destino, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días (artículo 66.1º g del Reglamento orgánico), teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.

Por esta Comunidad Autónoma o aquella Administración competente que corresponda se les concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al servicio de la Administración de justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los cuerpos de oficiales, auxiliares o agentes al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión del titular.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la directora general de Justicia en el plazo de un mes según establece el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, según lo establecido en los artículo 14 y 46, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos recursos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2001.

P.D. (Orden 12-12-2000)

Alfonso Rueda de Valenzuela

Director general de Administración Local

ANEXO II

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA-EXCLUIDOS

Oficiales:

Abal González, Mª Carmen4

Álvarez García, Mª Dolores4

Arias Alvaredo, Manuel4

Cazón Lamas, Carmen4

Cerviño Cotelo, Mª José5

Devesa Turnéz, Mª Jesús5

Díaz Pérez, Ángela 5

Fernandez Rodríguez, Mª Sol 4

Fernandez Vilar, Gumersindo 5

Gallego Puga, Mª Nieves 5

Gómez Pérez, Ana Belén 5

Gonzalez Martínez, Manuela 5

Gutiérrez López, José 4

Lafuente Vila, Víctor Manuel 5

Martín Martín, Rosalía 5

Mouriño Collazo, Elisa Mª 5

Nieto Bouza, Lucía 5

Novo Colldefors, Mª Dolores 4

Pereira Fernández, Mª Luisa 5

Pérez Sánchez, Mª José 5

Prieto Ulfe, José Manuel 4

Roca Soto, Juan Ángel 4

Soengas Maneiro, Mª Carmen 5

Valín Pardo, Marta 5

Vázquez Álvarez, Mª José 5

Vidal Martínez, Mª Luisa 5

Auxiliares:

Alvar Afonso, Mª Elena 1

Araujo López, María Concepción 4

Campo Portela, María Inmaculada del 5

Conde Castro, Francisco José 2

Fernández Borrajo, Lucía 5

Frias Fiuza, Álvaro 5

Gil García, María Elisa 4

González Cendán, Antonio 5

González Escudero, María Eugenia 5

González Jorge, Digna 4

González Pérez, José 5

Martínez Lourido, Mª del Carmen2

Paz Pérez, José Luis 5

Pereira González, Mª José 4

Quiroga Pérez, Mª Rosa2 y 4

Ramos Iglesias, Beatriz 5

Rodríguez González, Silvia 4

Agentes:

Aguilera Navarro, María José 4

Álvarez Méndez, Lucía 8

Ares Vázquez, Laura María 5

Brage Mendia, María Dolores 5

Fernández Bailón, María Teresa 4

Freiria Tato, José Ángel 4

Loureiro Insua, Luis 4

Pérez Rodríguez, María Carmen 5

Pocina Piñeiro, Marta1 y 4

Ramos Ferreiro, José Manuel 4

Rivera Cid, Marta 5

Saavedra Hermida, María Dolores 4

Vázquez Gil, Ignacio 4

Vila González, Antonio 5

Códigos de exclusión:

1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda 1).

2. Presentación fuera de plazo (Base cuarta 1, 2, 3 y 4).

3. Faltar fotocopia de la intancia del funcionario/a con quien condiciona (base quinta).

4. Discrepancia entre código informático y su literal (base cuarta 8).

5. Por haber obtenido destino en concurso resuelto provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias del concurso actual.

6. Renuncia dentro del plazo (base cuarta 7).

7. Por no haber firmado la instancia (base cuarta 1, 2 y 3).

8. Por haber participado para dos cuerpos (base cuarta 6).