Vista el acta de la revisión salarial para el año 2001 del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales, con nº de código 3600895, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 30-1-2001, suscrita por la comisión paritaria del convenio en fecha 24-1-2001. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 2 de febrero de 2001.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Convenio colectivo del sector de limpieza de
edificios y locales de la provincia de Pontevedra
Asistentes:
CC.OO.:
Carmen Segurana Bedrina.
UGT:
Rosa Mª Acuña.
CIG:
Mª do Tránsito Fernández.
Representación empresarial:
Mª Carmen Valcárcel Digón. Eulen.
Salvador Fernández de la Cigoña Fraga. El impecable.
Lino Gil Villanueva.
Secretaria de actas:
Ana Mª Martín Herrero.
En Vigo, en los locales del SMAC, siendo las diez horas del día veinticuatro de enero de dos mil uno, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Pontevedra al objeto de aplicar la cláusula establecida en el artículo 5 del convenio. Asisten las personas reseñadas anteriormente.
El párrafo segundo del artículo 5º. Salarios, establece que en caso de que el IPC registrase a 31-12-1999 un incremento superior al 2,2% y a 31-12-2000 un incremento superior al 2,5%, el exceso incrementará la tabla salarial correspondiente al año 2000. Dicha tabla incrementada servirá de base para la negociación del siguiente convenio.
El IPC a 31-12-1999 fue del 2,9%, y a 31-12-2000 del 4%. Por tanto procede una revisión de la tabla salarial del año 2000 del 2,2%, al objeto de que sirva de base para la negociación del convenio del año 2001.
A continuación se procede a aplicar dicho porcentaje de incremento sobre las tablas salariales, plus de transporte, plus de asistencia y dietas, que quedan como sigue con efectos del 1-1-2001:
-Tabla salarial: anexo.
-Plus de transporte: 10.470 pesetas (diez mil cuatrocientas setenta) mensuales. Por cada día de ausencia al trabajo se descontará la cantidad de 476 pesetas.
-Plus de asistencia: 7.450 pesetas (siete mil cuatrocientas cincuenta). Por cada día de ausencia al trabajo se descontará la cantidad de 338 pesetas.
-Dietas:
a) Media dieta: 2.034 pesetas/día.
b) Dieta completa: 3.614 pesetas/día.
c) Con pernoctación: 6.024 pesetas/día.
Ambas partes acuerdan su remisión a la autoridad laboral a efectos de su registro y posterior publicación en el BOP y Diario Oficial de Galicia.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las once horas del día arriba indicado.
ANEXO
Tablas de salarios
Limpieza de edificios y locales
Grupo I. Personal directivo y técnico -Subgrupo I. Personal directivo Director 233.831 Director comercial 212.323 Director administrativo 212.323 Jefe de personal 212.323 Jefe de compras 212.323 Jefe de servicios 212.323 -Subgrupo II. Personal titulado Titulado grado superior 168.361 Titulado grado medio 149.565 Titulado laboral o profesional 127.198 Grupo II. Personal administrativo Jefe administrativo de 1ª 159.005 Jefe administrativo de 2ª 148.717 Cajero 134.687 Oficial de 1ª 127.200 Oficial de 2ª 113.177 Auxiliar 99.140 Telefonista 98.154 Cobrador 98.154 Aspirante 61.680 Grupo III. Mandos intermedios Encargado general 148.744 Supervisor o encargado de zona 134.688 Supervisor o encargado de sector 123.474 Encargado de grupo o edificio 106.819 Responsable de equipo 102.531 Grupo IV. Personal subalterno Ordenanza 98.155 Almacenero 98.155 Listero 98.155 Vigilantes 98.155 Botones 61.680 Grupo V. Personal obrero Especialistas 108.223 Peón especialista 99.175 Limpiador o limpiadora 98.133 Conductor limpiador 116.574 Grupo VI. Personal oficios varios Oficial 108.214 Ayudante 99.175 Peón 98.133 Aprendiz de 16 y 18 años 61.680