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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 26 de febrero de 2001 Pág. 2.441

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes para la elaboración de listas reguladas en el artículo 15 del Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo.

Base 1ª.-Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la elaboración de las listas especiales para supuestos de sustituciones urgentes e imprescindibles para el buen funcionamiento del servicio, de empleados públicos que estén en situación de incapacidad temporal que se prevean como máximo de quince días de duración, en los casos de licencia por fallecimiento o enfermedad grave a los que se refiere el articulo 22.b del vigente convenio colectivo único para o personal laboral da Xunta de Galicia, que se den en las categorías y grupos destinados en las siguientes consellerías:

-Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en todos sus centros de enseñanza:

En la categoría 6 (educador) del grupo II; y en las categorías 4 (cuidador/a auxiliar), y 5 (oficial 2ª cocina) del grupo IV; categorías 1 (ayudante cocina) y 11 (limpiador/a) do grupo V.

-Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en todos sus centros de servicios sociales:

En las categorías 2 (ATS/DUE) y 6 (educador) del grupo II; categorías 14 (jefe/a de cocina), 54 (ETAR) y 65 (oficial 1ª cocina) del grupo III; categorías 3 (auxiliar de enfermería y cuidador), 4 (cuidador/a auxiliar) y 5 (oficial 2ª cocina) del grupo IV; categorías 1 (ayudante de cocina y camarero/a-limpiador/a), 3 (ordenanza) y 12 (peón) del grupo V.

-Consellería de Familia y Promoción de Empleo, Mujer y Juventud, en todas sus guarderías y centros de menores:

En las categorías 6 (educador) y 40 (maestro especialista de educación infantil) del grupo II; en las categorías 50 (técnico especialista en jardín de infancia) y 65 (oficial 1ª cocina) del grupo III; en las categorías 4 (cuidador/a auxiliar) y 5 (oficial 2ª cocina) del grupo IV; y en las categorías 1 (camarero/a-limpiador/a, ayudante cocina, planchador/a lavandero/a), y 3 (ordenanza, vigilante nocturno) del grupo V.

Base 2ª.-Ámbito territorial.

En el anexo I de esta convocatoria se especifican los ámbitos territoriales para cada grupo y categoría mencionados en la base primera de esta convocatoria. A tal efecto en el anexo II se especifican las distintas agrupaciones municipales en las que serán efectivas las listas.

Base 3ª.-Requisitos.

En esta convocatoria podrán participar aquellos interesados que para los grupos y categorías que ahora

se convocan, figuren en las listas definitivas de admitidos elaboradas como consecuencia de la convocatoria realizada por la Resolución de 30 de junio de 1999 de la Dirección General de la Función Pública (DOG nº 129, del 7 de julio). La puntuación y prelación de cada uno de los interesados en figurar en estas listas especiales será la misma con la que ya figuren en dichas listas definitivas.

Base 4ª.-Solicitudes.

4.1. En la solicitud el interesado deberá indicar los ámbitos territoriales en los que desee ser incluido entre los que se oferten para la categoría y grupo correspondiente, independientemente de los que solicitara en las listas ya elaboradas.

4.2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el DOG y se podrán presentar en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en sus delegaciones provinciales, oficinas comarcales de la Xunta de Galicia, así como en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4.3. La inclusión en estas listas no dará lugar a cobrar tasas por derechos de inscripción.

4.4. En la solicitud deberá constar necesariamente un único número de teléfono de contacto.

4.5. Los interesados deberán presentar una solicitud por cada grupo y categoría.

Base 5ª.-Documentación.

Los interesados en su inclusión en estas listas especiales deberán presentar en plazo único y exclusivamente la solicitud de acuerdo con el modelo del anexo III de esta convocatoria.

Base 6ª.-Elaboración listas.

6.1. La Comisión Permanente de Selección para la cobertura temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, al que se refiere el artículo 5 do Decreto 89/1997, y que tiene la categoría de primera de las previstas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo, será la encargada de elaborar las listas correspondientes.

6.2. Una vez elaboradas as listas, a Dirección General de la Función Pública publicará en el DOG el anuncio de la exposición de estas en los tablones de anuncios del servicio de información y atención al ciudadano de la Consellería de Presidencia y Administración Pública, en los de sus delegaciones provinciales y en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.

6.3. Los llamamientos se realizarán para cada ámbito territorial.

6.4. A partir de la fecha de publicación en el DOG del anuncio de la exposición de las listas objeto de esta convocatoria, se acudirá a estas listas especiales

siempre que se trate de sustituciones urgentes e imprescindibles para un buen funcionamiento del servicio, de empleados públicos que se encuentren en las situaciones expresadas en la base primera de esta convocatoria.

Base 7ª.-Gestión listas especiales.

7.1. Estas listas especiales tienen un carácter totalmente independiente y consecuentemente, las incidencias y situaciones que se produzcan por su gestión no repercutirán en las listas generales reglamentadas en el Decreto 89/1997.

7.2. Los llamamientos se realizarán por medios telefónicos (o, si es posible telemáticos), debiendo constar en un libro de registro habilitado para el efecto las comunicaciones cursadas, para tal efecto el empleado público encargado de las listas extenderá la correspondiente diligencia.

La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de lo anterior, debiendo hacer constar en dicha solicitud un único número de teléfono de contacto.

7.3. Dado que estas listas especiales tienen por objeto las sustituciones urgentes e imprescindibles a las que se refiere la base primera de esta convocatoria, una vez aceptado el puesto, la incorporación podrá ser inmediata de acuerdo con las indicaciones que se den en el momento del llamamiento.

7.4. Quien renuncie por cualquier causa o no fuese localizado personalmente cuando se realice un llamamiento, pasará a ocupar el último lugar de su lista en el ámbito territorial correspondiente.

En todo caso, aquel que después de aceptar el llamamiento, no comparezca en el lugar y hora indicados quedará excluido de la lista correspondiente en todos los ámbitos territoriales.

Contra esta resolución los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el articulo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2001.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública

ANEXO I

GrupoCategoríaDenominaciónÁmbito territorial

II002ATS-DUEProvincial

II006Educador/a, profesor/a especialProvincial

II040Maestro/a especialista en educación infantilProvincial

III014Jefe de cocinaProvincial

III050Técnico especialista en jardín de infanciaProvincial

GrupoCategoríaDenominaciónÁmbito territorial

III054ETAR (encargado tareas asistencia recuperadora)Ámbitos provinciales: D2700, D3600

III065Oficial 1ª cocina//oficial 1ª cocinero/a y otrosProvincial

IV003Auxiliar de clínica//auxiliar sanitario y otrosAgrupación de municipios

IV004Auxiliar de hogar//cuidador auxiliar y otrosAgrupación de municipios

IV005Oficial 2ª cocina//cocinero/a oficial 2ªAgrupación de municipios

V001Camarero/a-limpiador/a y otrosAgrupación de municipios

V003Ordenanza/celador/a y otrosAgrupación de municipios

V011Limpiador/a y otrosAgrupación de municipios

V012Peón//laborante y otrosProvincial

ANEXO II

Ámbitos territoriales

D0000-SERVICIOS CENTRALES

D1500-PROVINCIA DE A CORUÑA

D2700-PROVINCIA DE LUGO

D3200-PROVINCIA DE OURENSE

D3600-PROVINCIA DE PONTEVEDRA

Agrupaciones de municipios

Provincia de A Coruña:

X1551-A CORUÑA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Oleiros, Cambre, Culleredo, Arteixo, Sada, Bergondo, Betanzos, Paderne, Miño, Vilarmaior, Irixoa, Coirós, Aranga, Curtis, Vilasantar, Cesuras, Oza, Abegondo, Carral, A Laracha, Carballo, Coristanco, A Coruña.

X1552-CEE, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Fisterra, Corcubión, Dumbría, Muxía, Camariñas, Vimianzo, Zas, Laxe, Cabana, Ponteceso, Malpica, Mazaricos, Outes, Carnota, Muros, Cee.

X1553-FERROL, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Mañón, Cariño, Cedeira, Cerdido, As Pontes de García Rodríguez, As Somozas, Moeche, Valdoviño, Narón, Ortigueira, San Sadurniño, Neda, Fene, Mugardos, Ares, Cabanas, A Capela, Monfero, Ferrol.

X1554-ORDES, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Cerceda, Tordoia, Trazo, Oroso, Frades, Mesía, Boimorto, Sobrado, Toques, Melide, Santiso, Arzúa, Touro, O Pino, Ordes.

X1555-SANTIAGO DE COMPOSTELA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Ames, Brión, Teo, Boqueixón, Vedra, Rois, Padrón, Dodro, Noia, Lousame, Porto do Son, Ribeira, A Pobra do Caramiñal, Boiro, Rianxo, Val do Dubra, A Baña, Negreira, Santa Comba, Santiago de Compostela.

Provincia de Lugo:

X2751-LUGO, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Friol, Outeiro de Rei, Pol, Meira, Ribeira de Piquín, Castroverde, O Corgo, Guntín, Portomarín, Palas de Rei, Monterroso, Antas de Ulla, O Páramo, Láncara, Triacastela, Samos, Sarria, Paradela, O Incio, Lugo, Negueira de Muñiz, Navia de Suarna, Becerreá, Baralla, Baleira, Cervantes, As Nogais, Pedrafita do Cebreiro, A Fonsagrada.

X2752-MONDOÑEDO, agrupa los siguientes ayuntamientos:

O Vicedo, Viveiro, Ourol, Xove, Cervo, Foz, Burela, O Valadouro, Alfoz, Lourenzá, Barreiros, Ribadeo, Trabazo, Riotorto, A Pontenova, A Pastoriza, Abadín, Mondoñedo.

X2753-MONFORTE DE LEMOS, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Taboada, O Saviñao, Bóveda, Chantada, Carballedo, Antón, Sober, A Pobra de Brollón, O Courel, Quiroga, Ribas do Sil, Monforte de Lemos.

X2754-VILALBA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Murás, Xermade, Guitiriz, Begonte, Cospeito, Castro de Rei, Rábade, Vilalba.

Provincia de ourense:

X3251-ALLARIZ, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Paderne de Allariz, Xunqueira de Espasandín, Parada de Sil, A Teixeira, Castrocaldelas, Montederramo, Maceda, Baños de Molgas, Xunqueira de Ambía, Allariz.

X3252-CELANOVA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Avión, Leiro, Cenlle, Carballeda de Avia, Melón, Beade, Ribadavia, Castrelo de Miño, Arnoia, Cartelle, Cortegada, A Pontedeva, Gomesende, Padendra, Quintela de Leirado, Ramirás, A Merca, A Bola, Verea, Celanova.

X3253-O BARCO DE VALDEORRAS, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Rubiás, Carballeda, Vilarmartín de Valdeorras, A Rúa, Petín, Larouco, O Bolo, A Veiga, A Pobra de Trives, San Xoán de Río, Chandrexa de Queixa, Manzaneda, O Barco de Valdeorras.

X3254-OURENSE, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Beariz, O Irixo, Piñor, San Cristovo de Cea, Boborás, O Carballiño, Maside, Barbadás, Punxín, Vilamarín, A Peroxa, Amoeiro, Coles, Nogueira de Ramuín, O Pereiro de Aguiar, Esgos, Toén, San Amaro, San Cibrao das Viñas, Taboadela, Ourense.

X3255-VERÍN, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Oímbra, Monterrei, Cualedro, Vilardevós, Riós, Castrelo do Val, Laza, Vilariño de Conso, A Gudiña, A Mezquita, Viana do Bolo, Verín.

X3256-XINZO DE LIMIA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Vilar de Barrio, Sarreaus, Trasmiras, Sandiás, Vilar de Santos, Rairiz de Veiga, Porqueira, Os Blancos, Baltar, Calvos de Radín, Bande, Lobeira, Entrimo, Lobios, Baixa Limia, Muíños, Xinzo de Limia.

Provincia de Pontevedra:

X3651-A CAÑIZA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Salvaterra de Miño, As Neves, Arbo, Crecente, Covelo, Mondariz, Ponteareas, Soutomaior, Fornelos de Montes, A Pobra de Brollón, Mondariz Balneario, A Cañiza.

X3652-LALÍN, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Agolada, Rodeiro, Dozón, Silleda, Vila de Cruces, A Estrada, Forcarei, Cerdeda, Lalín.

X3653-PONTEVEDRA, agrupa los siguientes ayuntamientos:

O Grove, Sanxenxo, Meaño, Poio, Meis, Cambados, Ribadumia, Vilanova de Arousa, Vilagarcía de Arousa, Bueu, Cangas, Moaña, Marín, Pontecaldelas, A Lama, Cotobade, Campo Lameiro, Barro, Moraña, Portas, Cuntis, Caldas de Reis, Catoira, Valga, Pontecesures, Pontevedra.

X3654-VIGO, agrupa los siguientes ayuntamientos:

Nigrán, Baiona, Gondomar, Oia, Tomiño, O Rosal, A Guarda, Tui, Salceda de Caselas, O Porriño, Mos, Redondela, Vigo.