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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Miercoles, 07 de febrero de 2001 Pág. 1.644

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2001, de la Dirección General de Industrias y Alimentación, por la que se notifica la Resolución del 21 de noviembre de 2000 recaída en el expediente sancionador ICA-OU-19/2000-V, por infracción en materia de vinos, al resultar devuelta por el servicio de correos la notificación hecha al interesado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a Pazo San José, S.L. con DNI 34.196.557-L de acuerdo con lo que figura en el anexo, la resolución adoptada por el director general de Industrias y Alimentación, de fecha 21 de noviembre de 2000, en el expediente sancionador ICA-OU-19/2000-V, ya que, intentada la notificación por correo certificado y con acuse de recibo, la misma resulto devuelta.

El importe de la sanción se hará efectiva por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Nova número 20800260870040071588, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Se hace saber que esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá presentar recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2000.

Secundino Grobas Mosquera

Director general de Industrias y Alimentación

ANEXO

Expediente: ICA-OU-19/2000-V.

Empresa denunciada: Pazo San José, S.L.

CIF/DNI: B-32244527.

Domicilio: Rúa do Progreso 30-2º D.

Infracciones cometidas y precepto infringido: disponer de una mercancía intervenida cautelarmente por la inspección constituye una infracción al artículo 5.3º del R.D. 1945/1983, de 22 de junio, que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Dicha infracción se califica como grave, según lo dispuesto en el artículo 7.1º.2 del citado R.D. 1945/1983.

Preceptos sancionadores: el artículo 10.1º del mencionado R.D. 1945/1983, dispone que las infracciones al artículo 7.1º.2 serán sancionadas con multa comprendida entre 100.001 e 2.500.000 pesetas.

Sanción: multa de 370.000 pesetas, resultante de sancionar la disposición de la mercancía intervenida cautelarmente.

El importe de la sanción se hará efectiva por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Nova nº 208000260870040071588, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá presentar recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.