El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, acordó en sesión celebrada en fecha 2 de junio de 1999 iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Monte Rapado e Caberteña y con las características que seguidamente se relacionan, nombrándose instructores del expediente a Manual Bouzas Costa e Miriam Areal López.
Se publica de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.2º del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre (DOG nº 186, del 23 de septiembre), por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Lei 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
Ayuntamiento: Xinzo de Limia.
Denominación: Monte Rapado e Caberteña.
Comunidad propietaria: veciños de San Vitorio e Casa da Veiga.
Superficie: 50 ha, aproximadamente.
Linderos:
Norte: camino vecinal, Francisco Conde Colmenero, Alfredo Casal Feijóo, Serafín Do Muíño Rodríguez y otros terrenos de los veciños de Ganade.
Sur: termino municipal de Porqueira.
Este: camino público, Francisco Martínez Parada, José Martínez González y otros vecinos de Ganade:
Oeste: término municipal de Porqueira.
Se inicia la apertura del período de un mes para la práctica de alegaciones a partir del día siguiente
de la publicación del edicto en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 30 de noviembre de 2000.
Miriam Areal López
Secretaria del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense
Vº Bº
Agustín Prado Verdeal
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Comun de Ourense