El Ayuntamiento de Nigrán, por acuerdo plenario de 24 de noviembre de 2000, aprobó definitivamente, en virtud de la delegación prevista en la Ley 7/1995, la propuesta de modificación de las normas subsidiarias de planeamiento, relativa a la ampliación del equipamiento sanitario destinado a centro de salud de O Val Miñor, en A Ramallosa, haciéndose constar expresamente que se incorpora su calificación como sistema general.
En cumplimiento de lo dispuesto en el 48 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, y disposiciones concordantes y sin perjuicio de la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, con la indicación de los recursos procedentes, se hace público el acuerdo señalando que el mismo no afecta a las ordenanzas de las normas subsidiarias.
La citada resolución pone fin a la vía administrativa por lo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio. Todo esto sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se considere procedente.
Nigrán, 13 de diciembre de 2000.
José Manuel Rial Cadaval
Alcalde