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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 08 de enero de 2001 Pág. 259

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 305/2000, de 7 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ribadeo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto para la depuración de aguas residuales en Rinlo.

El Ayuntamiento de Ribadeo, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2000, aprobó el proyecto de las obras para la depuración de aguas residuales en Rinlo, y en la sesión del 17 de octubre de 2000, el Pleno acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La dirección general de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe con fecha 21 de noviembre de 2000 en el sentido de que no existen problemas de índole urbanística para la ejecución del proyecto en suelos

afectados que tienen la condición de suelo no urbanizable común y suelo urbano de núcleo rural, sin embargo en suelo no urbanizable de protección especial de costas y según determina el artículo 116 del Plan general de ordenación urbana en su punto 4º, párrafo 2º se hace constar que en los primeiros 20 metros fuera de la ribera del mar se prohibirán los colectores paralelos.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala el ayuntamiento las aguas residuales del núcleo urbano de Rinlo son en la actualidad vertidas directamente a la zona portuaria de Rinlo, convirtiendo su tramiento en una necesidad sanitaria básica, además de ser un servicio obligatorio por estar recogido en el Plan de saneamiento de la Xunta de Galicia.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día siete de diciembre de dos mil.

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Ribadeo a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto Depuración de las aguas residuales de Rinlo.

Santiago de Compostela, siete de diciembre de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales