De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la
persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente sancionador contra la Ley de montes de 8 de junio de 1957.
Contra la presente resolución, cabrá , de conformidad con los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones pública y del procedimiento administrativo común, la interposición de recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día siguinte al de la recepción de la notificación.
Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2000.
Tomás Fernández-Couto Juanas
Director general de Montes y Medio Ambiente Natural
ANEXO
Expediente sancionador: MP-33/2000-C.
Resolución: sobreseer este expediente, ordenando el archivo de todo lo actuado.
Denunciado: Julio Guardado Miras.
Última dirección conocida: c/ Avenida de Vilagarcía, 4-2º D, 15706 Santiago de Compostela.