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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Martes, 02 de enero de 2001 Pág. 33

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO CINCO DE A CORUÑA

EDICTO (396/2000).

Carmen Amelia Goma García, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número cinco de A Coruña y su partido,

Hace saber: que en este juzgado se siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley hipotecaria con el nº 00396/2000, a instancia de Instituto Galego da Vivenda e do Solo, representado por el letrado de la Xunta de Galicia, contra María Teresa Martínez Vázquez, en los que por resolución del día de la fecha se acordó sacar a pública subasta, por primera vez y término de veinte días, la siguiente finca propiedad de dicha deudora:

Para el acto del remate, que tendrá lugar el próximo día 1 de febrero de 2001 a las 10 horas de su mañana, en la sala de audiencia de este juzgado, sito en la c/ Monforte s/n, edificio nuevos juzgados, de esta capital, regirán las siguientes condiciones:

Primera.-Servirá de tipo para la subasta el de 4.214.000 pesetas, pactado en la escritura de constitución de la hipoteca, y no se admitirá postura alguna que sea inferior a dicho tipo.

Segunda.-Los que deseen tomar parte en la subasta deberán ser personas que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto 89/1992, de 26 de marzo, sobre adjudicación de viviendas de promoción pública, que básicamente son: acreditar unos ingresos ponderados anuales totales o inferiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional, «residir habitualmente o tener el puesto de trabajo en el municipio donde se ubiquen las viviendas» «carecer de vivienda en calidad de propietario, inquilino o usufructuario, o encontrarse en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 10,1.3 del referido decreto. Y además consignar previamente en este juzgado o en el establecimiento destinado al efecto una cantidad igual, por lo menos al 20% del tipo de la misma, y aceptar expresamente las obligaciones consignadas en el regla 8ª del artículo 131 de la Ley hipotecaria, y, si no las acepta, no le será admitida la proposición.

Tercera.-Los autos y la certificación del registro a que se refiere la regla 4ª del artículo 131 de la mencionada ley están de manifiesto en la secretaría de este juzgado.

Cuarta.-Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Quinta.-Que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en las responsabilidades de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Sexta.-Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a una tercera persona.

Séptima.-En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositando en la mesa del juzgado, junto a aquél, el importe de la consignación o acompañando el resguardo de haberla hecho en el establecimiento destinado al efecto, y en dicho escrito constará la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la regla 8ª del citado artículo 131, no siendo admitidos en caso contrario.

Para el caso de que no hubiera postores en la primera subasta, se señala para la segunda, igualmente por veinte días, el día 1 de marzo de 2001 a las 10 horas de su mañana, en la sala de audiencia de este juzgado, con rebaja del tipo de la subasta en un 25%, persistiendo el resto de las condiciones.

Y para el supuesto de que tampoco hubiera postores en la segunda subasta, también por término de veinte días, para la celebración de la tercera, el día 3 de abril de 2001 a las 10 horas de su mañana, en el mismo sitio que las anteriores, con iguales condiciones, pero sin sujeción a tipo, y debiendo consignarse el 20% de la cantidad señalada para la segunda. Para el caso de que no fuere posible entender la diligencia de notificación de anteriores señalamientos a hipotecante/s deudor/es expresado/s en el domicilio que consta vigente, sirva el presente edicto de notificación a tales fines, así como que de no poder celebrarse por causa legal la subasta en las fechas señaladas, se entenderán señaladas para la misma hora y lugar del día inmediato siguiente hábil.

A Coruña, 1 de diciembre de 2000.

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO

DE SANTIAGO DE COMPOSTELA