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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Viernes, 22 de diciembre de 2000 Pág. 16.804

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Industria, por la que se concede a la Fundación San Calixto la autorización como entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por José Constantino Núñez Vázquez en representación de la Fundación

San Calixto y la documentación anexa, en la que se solicita le sea concedida la autorización como entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Visto el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y su instrucción técnica complementaria ITE-11 con sus apéndices, aprobado por Real decreto 1751/1998, de 31 de julio (BOE del 5 de agosto), por el que se establecen las especialidades de los carnés profesionales de instalador y mantenedor de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria y se fija el número mínimo de horas para desarrollar los programas de los cursos teóricos y de conocimientos específicos para la obtención de los mismos.

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentarios establecidos.

La Dirección General de Industria

RESUELVE:

Conceder a la Fundación San Calixto la autorización como entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, en el ámbito de la provincia de Lugo.

La duración de los cursos en número de horas se ajustará a lo dispuesto en la ITE-11 del Real decreto 1751/1998, de 31 de julio de 1998.

Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la Dirección General de Industria y a la delegación provincial de la Consellería de Industria y Comercio de la provincia correspondiente el programa, profesorado, lugar, horario y exámenes, a fin de realizar el control correspondiente.

Esta autorización deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar ante la Dirección General de Industria el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2000.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria