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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Miercoles, 20 de diciembre de 2000 Pág. 16.737

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 16 de noviembre de 2000 por la que se aprueba el cambio de dominio de las bateas Abra III, Marpesa XII y Rocamar XLVI.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Abra III, Marpesa XII y Rocamar XLVI y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

A) Antecendentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 31-5-2000, Andrés Calvo Rosendo (DNI: 35.226.656) solicitó autorización para la transmisión de la concesión de las bateas Abra III, Marpesa XII y Rocamar XLVI.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características de las bateas y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación de los expedientes son favorables.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Calvo Louzao, S.L. (NIF B36357820), de las concesiones administrativas de las bateas que se indican a continuación y de las que es titular en la actualidad Andrés Calvo Rosendo (DNI: 35.226.656).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Abra III.

Ubicación: cuadrícula nº 24. Polígono: B. Distrito: Redondela (Pontevedra).

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 21-11-1958 (BOE 299).

Fin de la vigencia: 15-12-2003.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Marpesa XII.

Ubicación: cuadrícula nº 2. Polígono: E. Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 6-4-1987.

Fin de la vigencia: 14-5-2007.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Rocamar XLVI.

Ubicación: cuadrícula nº 18. Polígono: A. Distrito: Redondela (Pontevedra).

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 26-11-1958 (BOE 299).

Fin de la vigencia: 15-12-2003.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de compra-venta en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 16 de noviembre de 2000.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Rosa Mª Quintana Carballo

Delegada territorial de Vigo