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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Martes, 19 de diciembre de 2000 Pág. 16.669

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA (SECCIÓN SEXTA)

EDICTO de notificación de sentencia (189/2000).

Yo, Ramón Fernández Agra, secretario del Juzgado de la Audiencia Provincial de A Coruña, sección sexta con sede en Santiago de Compostela, doy fe y testimonio que en el rollo de apelación de juicio de faltas nº 189/2000 se dictó sentencia, con un encabezamiento y parte dispositiva que literalmente dice:

En Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2000.

Visto por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, constituida como tribunal unipersonal por Ángel Pantín Reigada, presidente de la misma, el recurso de apelación interpuesto por Carmen Barco Mateo contra la sentencia dictada en fecha 15 de abril de 2000 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela en los autos de juicio de faltas número 354/1999 de ese juzgado y registrados como rollo de apelación de juicio de faltas número 189/2000 de esta sección, en los que son parte apelante Carmen Barco Mateo y como apelados Manuel Suárez García, José Luis Peón Barco y el Ministerio Fiscal; procede formular los siguientes antecedentes de hecho, hechos probados, fundamentos de derecho y fallo.

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por Carmen Barco Mateo frente a la sentencia de 15 de abril de 2000 dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela en los autos de juicio de faltas de ese juzgado número 354/1999, se confirma la misma, declarándose de oficio las costas de la apelación.

Notifíquese esta sentencia, en legal forma, a las partes haciéndoles saber, conforme preceptúa el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial, que la misma es firme, y que contra ella no cabe recurso alguno.

Devuélvanse las actuaciones originales con testimono de la presente resolución al juzgado de procedencia para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta mi sentencia de la que se pondrá certificación literal en el rollo de su razón, incluyéndose el original en el libro de sentencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a José Luis Peón Barco, actualmente desconocido en su domicilio y para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido este edicto en Santiago de Compostela a quince de noviembre de dos mil.

El secretario

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