Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se detalla:
Solicitante: Parque Eólico Bustelo, S.A.
Domicilio social: c/ Castiñeiriño, 12-3º, 15702 Santiago de Compostela.
Título: L.A.T. DC a 30 kV subestación Pena da Loba-P.E. Faladoira.
Situación: As Pontes de García Rodríguez, Mañón, Ortigueira.
Características técnicas: línea eléctrica en alta tensión 30 kV doble circuito, sobre apoyos realizados en torres metálicas de celosía, de 5.698 m de longitud, atravesando los ayuntamientos de As Pontes de García Rodríguez, Mañón y Ortigueira realizada en conductor LA-380, con origen en la futura subestación de Pena da Loba y fin en el parque eólico de Faladoira.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos III y IV del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, esta delegación provincial resuelve:
Autorizar, declarar, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lelva implícita, así como la aproabción del proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
A Coruña, 22 de noviembre de 2000.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña