El expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se necesitan ocupar para la ejecución del polígono número 1 del parque empresarial de Celanova fue aprobado conforme al artículo 145 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia y la Orden de 30 de diciembre de 1999 por el director general de Urbanismo con fecha 7 de noviembre de 2000. Según lo establecido en el artículo 146.1º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, el acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.
En su virtud, se acuerda que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo proceda a verificar el abono, o en su caso, consignación de los justiprecios de los bienes y derechos afectados el día 29 de diciembre 2000, a las 10 horas, en el salón de actos del Ayuntamiento de Celanova, en presencia del alcalde, el secretario del ayuntamiento y el representante de la Administración. Lo que tendrá lugar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de régimen de suelo y valoraciones, el artículo 146.2º y 3º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, el artículo 202 y siguientes del Reglamento
de gestión urbanística aprobado por el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y artículo 48 y siguientes del Reglamento de expropiación forzosa, de 26 de abril de 1957.
A dicho acto se convoca a:
(ptas.)
Finca Titulares Justiprecio
1 Mouriño Villar, Fernando 2.360.547
3 Mouriño Villar, Fernando 207.459
10 Mouriño Villar, Fernando 1.480.248
11 Mouriño Villar, Fernando 588.735
12 Mouriño Villar, Fernando 177.181
13 Mouriño Villar, Fernando 828.715
14 Mouriño Villar, Fernando 224.280
15 Mouriño Villar, Fernando 307.264
16 Mouriño Villar, Fernando 708.725
21-A Vázquez Gimeno, Manuel 1.809.940
29 Mouriño Villar, Fernando 861.235
34 González Caamiña, Delfín 706.608
36 Vázquez Gimeno, Manuel 568.260
53 González Caamiña, Delfín 254.583
55 Casal Blanco, Julio 570.793
60 Vázquez Gimeno, Manuel 2.197.944
67 González Caamiña, Delfín 385.098
89-A Suárez González Paulino 825.350
104 López Díaz, Emilio 2.674.144
106 González Caamiña, Delfín 743.156
107 Andrés Rodríguez Manuel 599.592
111 Andrés Rodríguez, Dolores 1.047.388
112 Andrés Rodríguez, Manuel 2.641.191
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que el pago se hará a aquellos interesados que acompañen certificación registral a su favor, en la que conste haberse extendido la nota del artículo 32 del Reglamento hipotecario o, en su defecto, aporten los títulos justificativos de su derecho, completados por certificación negativa del Registro de la Propiedad referidas á la misma finca descripta en tales títulos, conforme al artículo 205 del Reglamento de gestión urbanística aprobado por el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
No se admitirá representación si no es por medio de poder debidamente autorizado, ya sea general, ya sea particular para este caso, debiendo acompañar la documentación necesaria para acreditar la sucesión en el caso de ser herederos, asimismo los comparecientes deberán identificarse con el documento nacional de identidad, o en su lugar, por el conocimiento directo que testimonien el alcalde o el secretario del ayuntamiento.
Notifíquese la resolución a todos los titulares de los bienes y derechos que figuran en el expediente, y publíquese el presente acuerdo en el DOG, en el BOP y en el tablón de edictos del ayuntamiento. La publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, a los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiera podido realizar. Todo esto de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero).
Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2000.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda
y Suelo