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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Miercoles, 13 de diciembre de 2000 Pág. 16.388

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2000 por la que se fija la fecha en la que se procederá al pago de los bienes y derechos que se necesitan ocupar para la ejecución del polígono número 1 del parque empresarial de Celanova.

El expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se necesitan ocupar para la ejecución del polígono número 1 del parque empresarial de Celanova fue aprobado conforme al artículo 145 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia y la Orden de 30 de diciembre de 1999 por el director general de Urbanismo con fecha 7 de noviembre de 2000. Según lo establecido en el artículo 146.1º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, el acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.

En su virtud, se acuerda que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo proceda a verificar el abono, o en su caso, consignación de los justiprecios de los bienes y derechos afectados el día 29 de diciembre 2000, a las 10 horas, en el salón de actos del Ayuntamiento de Celanova, en presencia del alcalde, el secretario del ayuntamiento y el representante de la Administración. Lo que tendrá lugar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de régimen de suelo y valoraciones, el artículo 146.2º y 3º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, el artículo 202 y siguientes del Reglamento

de gestión urbanística aprobado por el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y artículo 48 y siguientes del Reglamento de expropiación forzosa, de 26 de abril de 1957.

A dicho acto se convoca a:

FincaTitulares Justiprecio

(ptas.)

1Mouriño Villar, Fernando2.360.547

3Mouriño Villar, Fernando207.459

10Mouriño Villar, Fernando1.480.248

11Mouriño Villar, Fernando588.735

12Mouriño Villar, Fernando177.181

13Mouriño Villar, Fernando828.715

14Mouriño Villar, Fernando224.280

15Mouriño Villar, Fernando307.264

16Mouriño Villar, Fernando708.725

21-AVázquez Gimeno, Manuel1.809.940

29Mouriño Villar, Fernando861.235

34González Caamiña, Delfín706.608

36Vázquez Gimeno, Manuel568.260

53González Caamiña, Delfín254.583

55Casal Blanco, Julio570.793

60Vázquez Gimeno, Manuel2.197.944

67González Caamiña, Delfín385.098

89-ASuárez González Paulino825.350

104López Díaz, Emilio2.674.144

106González Caamiña, Delfín743.156

107Andrés Rodríguez Manuel599.592

111Andrés Rodríguez, Dolores1.047.388

112Andrés Rodríguez, Manuel2.641.191

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que el pago se hará a aquellos interesados que acompañen certificación registral a su favor, en la que conste haberse extendido la nota del artículo 32 del Reglamento hipotecario o, en su defecto, aporten los títulos justificativos de su derecho, completados por certificación negativa del Registro de la Propiedad referidas á la misma finca descripta en tales títulos, conforme al artículo 205 del Reglamento de gestión urbanística aprobado por el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

No se admitirá representación si no es por medio de poder debidamente autorizado, ya sea general, ya sea particular para este caso, debiendo acompañar la documentación necesaria para acreditar la sucesión en el caso de ser herederos, asimismo los comparecientes deberán identificarse con el documento nacional de identidad, o en su lugar, por el conocimiento directo que testimonien el alcalde o el secretario del ayuntamiento.

Notifíquese la resolución a todos los titulares de los bienes y derechos que figuran en el expediente, y publíquese el presente acuerdo en el DOG, en el BOP y en el tablón de edictos del ayuntamiento. La publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, a los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiera podido realizar. Todo esto de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero).

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2000.

José Antonio Redondo López

Director general del Instituto Gallego de la Vivienda

y Suelo