La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicacion editada por esta consellería y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2000.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales
ANEXO
Resultados da 1ª Campaña e Actualización de Programa Galego de Detección Precoz do Cancro de Mama: 1.400 pesetas (8,41 euros).