El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha 28 de septiembre de 2000, resolvió otorgar, con carácter definitivo, a la empresa Autocares Capela, S.L., la concesión del servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera V-7050; XG-424, Ferrol-Fene-Filgueiras, con hijuelas, por sustitución e unificación de las concesiones V-1195; XG-072, Ferrol-Filgueiras, con hijuelas, y V-2281; XG-208, Ferrol-Faeira, con hijuelas, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerarios y puntos de parada.
-Ferrol, Ponte das Pías, Fene, Estanco, Sillobre, San Marcos, Reguela, Labandeira, A Serra, As Neves y Filgueiras.
-Filgueiras, Sande, Buíña, Vilar de Mouros, Formariz, O Rego, Viladonelle, O Roxal, Mourela Baixa, Mourela Alta, Xubia y Ferrol.
II. Prohibiciones de tráfico.
-De y entre Xubia y Ferrol, puntos intermedios y viceversa.
-De y entre Ferrol y Fene, puntos intermedios y viceversa.
-De y entre Labandeira y Filgueiras, puntos intermedios y viceversa.
III. Expediciones.
Filgueiras-Fene-Ferrol (22,7 km).
Cinco expediciones de ida y catro de vuelta de lunes a viernes laborables.
Cuatro expediciones de ida y vuelta los sábados laborables.
Filgueiras-Xubia-Ferrol (25,1 km).
Dos expediciones de ida y tres de vuelta de lunes a viernes laborables.
Una expedición de ida y tres de vuelta los sábados laborables.
IV. Tarifas.
Tarifa aplicable:
Tarifa partícipe por viajero/km: 8,7194 pesetas.
Tarifa usuario: 9,3298 pesetas.
Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 1,3079 pesetas.
Contra la citada orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala do Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados, ambos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expre
samente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2000.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes