De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), se notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente nº 15-1061/1999, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada ante al presidente del Instituto Gallego de Consumo, en el plazo de un mes contado a partir del día de la notificación de la presente resolución, tambien podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de la Caixa Galicia (2091), Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela, en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción por vía ejecutiva, en el siguiente plazo:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del siguiente mes o el inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días dieciséis y el último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente 15-1061/1999.
Inculpado: Transcampo Componentes, S.L.
Domicilio: avda. de Ortigueira nº 31, B, 15320 As Pontes de García Rodríguez.
Resolución: sobreseimiento.
Fecha de resolución: 25-10-2000.
A Coruña, 27 de octubre de 2000.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña