De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que figura en el anexo dicha resolución.
Contra la resolución que se publica procederá el recurso contencioso-administrativo a interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2000.
Carlos del Álamo Jiménez
Conselleiro de Medio Ambiente
ANEXO
Procedimiento sancionador de pesca fluvial: Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia.
Expediente núm: CO-98/028.
Denunciado: José Díaz Menjíbar.
Último domicilio conocido: c/ de la Iglesia núm. 5-1º 15402 Ferrol.
Contenido de la resolución del recurso:
Fecha: 17 de julio de 2000.
Hechos por los que fue denunciado: corta de vegetación de ribera sin autorización.
Resolución del recurso: desestimado, confirmando la resolución recurrida en todos sus términos.