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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Jueves, 30 de noviembre de 2000 Pág. 15.957

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

EDICTO de 25 de octubre de 2000, del Área de Servicios Sociales de la provincia de Pontevedra, por el que se notifican las resoluciones de extinción del derecho a percibir la pensión no contributiva de la Seguridad Social relacionadas en el anexo.

En el uso de las competencias sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social, reguladas por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se resuelve publicar en el Diario Oficial de Galicia las resoluciones emitidas por la delegación provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de la provincia de Pontevedra; al haber sido devueltas por el servicio de correos, se reitera su notificación para su publicación definitiva a los interesados que se citan en el anexo.

Contra esta resolución podrán interponer reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral, ante la delegación provincial dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de procedimiento laboral, aprobado por el Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del 11 de abril).

Pontevedra, 25 de octubre de 2000.

María Dolores Pan Vázquez

Delegada provincial de Pontevedra

ANEXO

Pensionista: Consuelo Martínez Núñez.

DNI: 35.909.197-X.

Resolución: extinción del derecho a percibir la pensión no contributiva, con efectos a la fecha que se indica y por los hechos y fundamentos de derecho que se detallan.

Hechos: superar el importe anual vigente de la pensión por los recursos personales de la interesada.

Notificar el cobro indebido de 216.600 ptas. generado durante el período del 1 de febrero de 2000 hasta el 30 de junio de 2000, y que se deducirá del importe del primer pago de la pensión de viudedad, a efectuar por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Fundamentos de derecho: Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29 de junio) y Real decreto 357/1991, de 15 de marzo (BOE del 21 de marzo).

Pensionista: Elena Penedo Fernández.

DNI: 77.003.643.

Resolución: extinción del derecho a percibir la pensión no contributiva, con efectos a la fecha que se indica y por los hechos y fundamentos de derecho que se detallan.

Hechos: no acreditar su residencia en la actualidad en territorio español.

Notificar el cobro indebido de 1.238.080 ptas. generado durante el período del 1 de septiembre de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1999, y que estará obligada a reintegrar en el plazo de 30 días, mediante ingreso en la cuenta de Recursos diversos provinciales nº 6000056419 de la Tesorería General de la Seguridad Social, en cualquier oficina de Caja Madrid.

Fundamentos de derecho: Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29 de junio) y Real decreto 357/1991, de 15 de marzo (BOE del 21 de marzo).

Importe a reintegrar: 1.238.080 ptas./7.441,01 euros*.

*Para esta información se ha utilizado el tipo oficial de conversión 166,386 ptas./1 euro.