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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Martes, 28 de noviembre de 2000 Pág. 15.860

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 27 de octubre de 2000, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se inicia la tramitación del expediente 1/2000, de clasificación de un monte de esta provincia.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita el expediente de clasificación del monte con las características que a continuación se indican:

Expediente número: 1/2000.

Denominación: monte de Foilebar (parcelas: O Pico de Leizán y A Louseira, A Legua y Pico de Cabude).

Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Foilebar.

Ayuntamiento: O Incio.

Superficie total: 48 hectáreas.

Límites de la parcela nº 1-O Pico de Leizán y A Louseira-28 hectáreas:

Norte: fincas particulares de vecinos de las parroquias de Vilarxoán (Leizán) y Foilebar. Este y Sur: monte vecinal en mano común de la parroquia de Vilarxoán. Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Foilebar (Covelas) y monte vecinal en mano común de Santa María.

Límites de la parcela nº 2-A Legua 1,5 hectáreas:

Norte: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos y camino de servidumbre a las fincas. Este y sur: fincas particulares de vecinos de las parroquias de Santa María de O Incio y Foilebar (Cabude), y camino real a Foilebar. Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos y camino de servidumbre a las fincas.

Límites de la parcela nº 3-Pico de Cabude-18,5 hectáreas:

Norte: camino real a Foilebar. Este: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Santa María de O Incio (Montemeán) y camino de servidumbre a fincas. Sur: carretera a Foilebar. Oeste: monte vecinal en mano común de la parroquia de O Hospital.

En virtud de lo acordado por el jurado en la sesión que tuvo lugar el día 14 de diciembre de 1999 y, en cumplimiento de la orden del instructor, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por el presente edicto se hace pública la iniciación del expediente indicado al objeto

de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del reglamento aprobado por Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la citada ley, cuantas personas, organismos y corporaciones resulten interesados puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.

Lugo, 27 de octubre de 2000.

Luis González Vázquez

Presidente del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo