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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Miercoles, 22 de noviembre de 2000 Pág. 15.564

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DECRETO 276/2000, de 2 de noviembre, por el que se autoriza la cesión por parte de la Xunta de Galicia al Ayuntamiento de Santiago de Compostela, de diversas travesías, en virtud del convenio firmado el 25 de mayo de 1988.

El Ayuntamiento de Santiago de Compostela solicita con fecha 26 de mayo de 2000 que, en virtud del convenio suscrito entre la antigua Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas y dicho ayuntamiento el 25 de mayo de 1988, se proceda a la cesión de diversas travesías con la finalidad de mejorar la red viaria del término municipal de Santiago de Compostela.

Conforme al citado convenio suscrito el 25 de mayo de 1988, y lo señalado en el artículo 54 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, que establece que las carreteras autonómicas

o provinciales o los tramos determinados de ellas en las que la circulación adquiera características urbanas se entregarán a los ayuntamientos respectivos; y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la misma ley, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y después del acuerdo entre las administraciones afectadas y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reuninón del día 2 de noviembre de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

Autorizar la cesión por parte de la Xunta de Galicia a favor del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, de los tramos de los viales que a continuación se relacionan:

-Hórreo (desde la confluencia con la avenida de Lugo. Tramo de la antigua N-525), recogida en el convenio como N-525. Zamora-Santiago de Compostela (c/Hórreo).

-Rúa da Senra, avenida de Juan Carlos I y Rosalía de Castro (hasta el cruce con Romero Donallo, tramo de la LC-463), recogidas en el convenio como LC-463. Travesía de Santiago de Compostela. De cruce y circunvalación con la carretera de A Coruña a Romero Donallo.

-Avda. de Juan XXIII (LC-463. Plaza de la Paz al convento de San Francisco), recogida en el convenio como LC-464. Acceso LC-463 a Santiago de Compostela (de Plaza de la Paz al convento de San Francisco).

Artículo 2º

Corresponderá al Ayuntamiento de Santiago de Compostela la gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los tramos de los viales cedidos.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dos de noviembre de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda