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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Martes, 21 de noviembre de 2000 Pág. 15.498

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 20 de noviembre de 2000 por la que se dictan normas para garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para los días 21, 22 y 23 de noviembre de 2000.

El ejercicio del derecho de huelga queda condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales definidos en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG nº 116, del 20 de junio).

El artículo 3 de dicho decreto faculta a los conselleiros competentes por razón de los servicios esenciales afectados para que, mediante orden y ante cada situación de huelga, determinen el mínimo de actividad necesaria para asegurar el mantenimiento de tales servicios y el personal preciso para prestarlos.

Las Federaciones de Servicios Públicos y de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión General de Trabajadores (UGT) de Galicia, las Federaciones del Área Pública de Comisionens Obreras (CC.OO.) de Galicia, las Federaciones del Área Pública de la Confederación Intersindical Gallega (CIG), los Sectores Públicos de la Confederación de Sindicatos Independentes y Sindical de funcionarios (CSI-CSIF) de Galicia, el Área Pública de la Unión Sindical Obreira (USO) de Galicia, la Asociación Nacional de Profesores (ANPE) de Galicia, el Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza de Galicia (STEG), en escrito de 10 de noviembre de 2000, comunicaron la convocatoria de huelga general que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desarrolladas por los empleados y empleadas públicos en el conjunto de la Administración autonómica de la Xunta de Galicia durante toda la jornada de los días 22 y 23 de noviembre de 2000, comenzando a las 0 horas del día 22 de noviembre de 2000 y rematando

a las 24 horas del día 23 de noviembre de 2000, salvo en las instituciones sanitarias del Sergas, que tendrá lugar desde las 22 del día 21 de noviembre de 2000 hasta las 22 horas del día 23 de noviembre de 2000.

Por otra parte, mediante escrito de fecha 10 de noviembre de 2000 la Confeferación General del Trabajo (CGT) de Pontevedra comunicó la convocatoria de huelga en todos los centros de trabajo dependientes de la Administración general del Estado y de la Administración de la Xunta de Galicia de la provincia de Pontevedra para los días 22 y 23 de noviembre y 14 y 15 de diciembre de 2000, durante toda la jornada.

Ante el carácter de huelga general, que puede afectar a todo el personal de la Administración autonómica, parece más adecuado regular los servicios mínimos mediante una única norma de aplicabilidad a todos los centros, dependencias y servicios de esta.

La necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huelga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a la Administración autonómica, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamento de los servicios esenciales que se concretan y justifican en la presente orden.

Así pues, se establecen servicios mínimos respecto a sectores y actividades cuya regulación es competencia de alguna de las consellerías de la Xunta de Galicia y que pueden afectar al desarrollo ordinario de la actividad ciudadana.

En la Presidencia de la Xunta de Galicia se considera imprescindible la fijación de servicios mínimos para atender los asuntos de gestión y las atenciones de representación institucional del presidente.

En la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia se considera imprescindible establecer en cada una de las dependencias y delegaciones un letrado para poder atender a los asuntos contenciosos o consultivos de carácter inaplazable y urgente. En los servicios centrales de Santiago de Compostela y para atender tanto a la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia como a las asesorías de las consellerías, estimamos preciso que permanezcan dos letrados en total y un funcionario de la rama administrativa para efectuar las tareas imprescindibles de apoyo a los letrados que deban de cumplir los servicios mínimos.

Por lo que respecta a la Secretaría General para las Comunidades Gallegas se establecen los servicios mínimos indispensables para atender los derechos de los ciudadanos. En la Secretaría General para el Deporte, se procede a fijar los servicios mínimos que garanticen el normal funcionamiento de los diferentes servicios deportivos, en beneficio de los ciudadanos durante la jornada de huelga. En la Secretaría General de Relaciones con la Unión Europea y Acción Exterior se establecen los mínimos necesarios para garantizar las necesidades que puedan surgir inherentes a la naturaleza de la secretaría, a la que acuden con asiduidad personalidades y cargos de las distintas instituciones de las comunidades autónomas. En la Secretaría General de Planificación y Desarrollo Comarcal se establece el mínimo de personal que garantice el normal funcionamiento de los servicios. Por lo que se refiere a la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, la justificación de los servicios mínimos se

basa en la necesidad de atender las eventualidades que el ejercicio de los derechos de los ciudadanos pueda suscitar. En la Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos se establecen los mínimos necesarios para atender las consultas que puedan formular los medios informativos, así como para atender el registro.

En la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, departamento del que depende el mantenimiento general del complejo administrativo de San Caetano y oficinas que alberguen los servicios de la Administración autonómica, los servicios médicos y parque móvil de la Xunta de Galicia, es necesario

determinar servicios mínimos dirigidos a cubrir estas necesidades. En la Dirección General de la Función Pública se fija el personal necesario para atender cuestiones referidas a la gestión de las listas para la cobertura de personal laboral temporal, a las tareas administrativas de trámite y de manejo de máquinas, que puedan surgir, atender las incidencias urgentes que puedan darse en la gestión diaria del personal laboral y funcionario, cuestiones relativas a la gestión de listas para la cobertura de personal interino para puestos de funcionarios, así como la atención de las posibles urgencias en la gestión del registro del personal al servicio de la Xunta de Galicia. En cuanto a la Inspección General de Servicios se fijan los servicios mínimos indispensables que puedan garantizar adecuadamente el cumprimento de la información administrativa y atención al ciudadano, así como las labores de inspección. En la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos se establecen los

servicios mínimos imprescindibles para atender las incidencias que se produzcan en el Sistema de Gestión de Procedimientos Administrativos (SGPA).

En la Escuela Gallega de Administración Pública se establecen los mínimos necesarios que permitan garantizar a los ciudadanos sus derechos en materia de presentación de documentos y solicitudes, para cubrir las incidencias y necesidades de mantenimiento y atención ordinarias propias de la actividad docente y administrativa del organismo, así como para cubrir las necesidades de desplazamientos generados por la actividad propia de la EGAP.

Por lo que respecta a la Consellería de Economía y Hacienda, se considera que, en general, los servicios mínimos deben restringirse a cubrir el funcionamiento imprescindible de los servicios administrativos e informáticos de las diferentes unidades y organismos, y de una forma especial, garantizando a los ciudadanos el ejercicio, dentro de prazo, de sus derechos en relación con la presentación de autoliquidaciones, recursos e ingresos, para poder efectuar los pagos correspondientes sin sufrir recargos, para constituir o liberar depósitos y fianzas, y para la comprobación y posterior ingreso de las cantidades recaudadas.

Por lo que respecta a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 29 de junio, por el que se dictan normas para garantizar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma considera como tales los servicios de transportes y comunicaciones y abastecimientos de agua entre otros.

El mantenimiento de los mismos exige:

La presencia de un técnico en la Subdirección General de Carreteras.

-Un técnico para el ámbito de las subdirecciones generales de Inspección y de Ordenación del Transporte.

-Un técnico por cada Servicio Provincial de Carreteras y otro en cada Servicio Provincial de Transportes

que puedan cubrir las necesidades derivadas de cualquier eventualidad que surja.

Que se establezca en cada delegación provincial una brigada retén de conservación de carreteras a los efectos de atender cualquier alteración, accidente o incidencia en las vías de comunicación.

Por lo que se refiere al ente público Puertos de Galicia, en los servicios centrales del mismo, se prevé la presencia de un técnico que pueda cubrir la presencia de cualquier eventualidad y de un administrativo en funciones de registro que garantice el funcionamiento (entrada y salida de documentos) de los respectivos servicios. Se contempla, asimismo, la presencia de un membro del departamento económico que pueda atender la entrada y pago de facturas que no admitan dilación, de un auxiliar administrativo en funciones de apoyo general y de un conductor por la necesidad de efectuar desplazamientos.

En las zonas del ente público: zona norte (Lugo), zona centro (A Coruña) y zona sur (Pontevedra), la permanencia de un técnico que pueda cubrir la aparición de cualquier eventualidad, así como de un auxiliar administrativo en funciones de registro que garantice el funcionamento del servicio en lo relativo a entrada y salida de documentos de los respectivos servicios.

Asimismo, se prevé la presencia de un celador en los puertos que figuran en la relación debido a la importancia y tráfico que existe en los mismos y, en consecuencia, a la magnitud de los servicios a prestar, lo que exige que no se pueda prescindir de las funciones desplegadas por dichos trabajadores en los puertos de referencia.

En lo relativo al organismo autónomo Aguas de Galicia se prevé la presencia de un técnico en los servicios centrales y un técnico por cada servicio territorial para atender las incidencias que se puedan producir con carácter urgente o en situación de emergencia así como de un auxiliar administrativo en funciones de registro y un subalterno en los servicios territoriales de A Coruña y Vigo al encontrarse sus dependencias en locales distintos de los de la delegación provincial de la consellería.

Por último, con la finalidad de efectuar el seguimiento del propio desarrollo de la huelga y atender los pagos ineludibles se establece la presencia del jefe de persoal y el habilitado.

Por lo que respecta a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria el artículo 28.2º de la Constitución española reconoce como derecho fundamental de la persona el derecho a la huelga.

El ejercicio de este derecho en la Administración y en las empresas, entidades e instituciones públicas o privadas, que presten servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, en el ámbito y competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, está condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales fijados en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG nº 116, del 20 de junio).

El derecho a la educación es un derecho de carácter social, y por tanto reclama de los poderes públicos las acciones positivas necesarias para que pueda ser llevado a cabo en igualdad de todos los que se encuentran en cualquiera de los niveles formativos en cualquier tipo de centro.

Por otra parte, la especial problemática de Galicia, con el mayor porcentaje de alumnos transportados y haciendo uso de los comedores escolares o el buen número de internados de nuestra comunidad autónoma, no pueden quedar paralizados en su funcionamiento como consecuencia del derecho constitucional de huelga.

Por lo que se refire a la Consellería de Industria y Comercio, la fundamentación de la concreta determinación del mínimo de actividad y de la fijación del personal preciso para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales prestados por esta consellería se encuentra, con carácter general, en la necesidad de garantizar la entrada y salida de documentación de modo ininterrumpido y la vigilancia de las dependencias administrativas. En particular, las funciones de inspección y control de la seguridad en los servicios de gas y electricidad que se prestan en las delegaciones provinciales, debe garantizarse adecuadamente para cualquier eventualidad.

En cuanto a la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, los servicios mínimos se establecen para atender los servicios esenciales de la consellería, entre los que se encuentra el de sanidad animal prestado por el personal dependiente del Servicio de Sanidad y Producción Animal, el de registro, que se presta, además de en los servicicos centrales y en las delegacións, en cada una de las oficinas agrarias comarcales, el de educación, que se presta en los centros de capacitación agraria, que incluyen internado, servicio de cocina y explotaciones agrarias y el de mantenimiento de las instalaciones y bienes de la consellería, que incluyen edificios y explotaciones agrarias con cultivos y ganado. Asimismo se establece también un mínimo de personal, en los servicios centrales y en las delegaciones, para atender el resto de los servicios de la consellería y garantizar los derechos de los ciudadanos.

Por lo que respecta a los servicios de la Consellería de Cultura y Comunicación Social afectados por la huelga y con el fin de garantizar la utilización por los ciudadanos de los servicios de archivos, bibliotecas y museos, de los cuales es responsable esta consellería, se hace necesario el mantenimiento de un mínimo imprescindible de personal para su atención. En lo que hace referencia a las delegaciones provinciales se designa el mínimo imprescindible de personal necesario para la atención y coordinación de las funciones que tienen encomendadas.

En lo referente a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociais, los servicios mínimos que se fijan resultan totalmente imprescindibles para mantener la adecuada cobertura de los servicios de los centros sanitarios, para evitar que se produzcan graves perjuicios a los usuarios.

Tales mínimos responden a la necesidad de compatibilizar el respeto ineludible al ejercicio del derecho a la huelga, con la atención a los usuarios que, bajo ningún concepto, pueden quedar desasistidos por las características del servicio dispensado.

La Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura desarrolla actividades de muy variada índole, que van desde la pura labor administrativa y planificadora hasta trabajos de investigación científica en acuicultura y formación y docencia de personal que desarrolla sus tareas en el sector pesquero. El establecimiento de servicios mínimos, pues, se realiza desde la necesidad de mantener vivos estos aspectos complementando la labor de la consellería con la ineludible obligación de mantener la vigilancia en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No se puede olvidar que tanto la formación como la docencia tienen carácter de derechos de los ciudadanos de un marcado matiz de irrenunciabilidad y que su impartición es absolutamente necesaria.

Asimismo, la investigación científica comporta la necesidad de mantener vivos los seres acuáticos, que requieren a su vez cuidados extremos y atención continuada ya que en caso contrario se perderían muchas jornadas de trabajo sin provecho de ningún tipo.

La vigilancia pesquera no sólo es necesaria para mantener el control del sector sino que también coadyuva en tareas y actuaciones de salvamento y rescate cuando las necesidades así lo exigen.

Los servicios mínimos de las distintas cofradías se justifican en la necesidad de atender las tareas de información y registros de correspondencia.

Además de los servicios administrativos mínimos adecuados tanto para los servicios centrales, organismos autónomos y delegaciones provinciales, en la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, debe tenerse en cuenta la prestación de servicios mínimos en los órganos de la Administración de justicia regulados en el Real decreto 755/1987, de 19 de junio; la exigencia de un servicio permanente que garantice el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de protección civil tal y como establece el Decreto 56/2000, de 3 de marzo, por el que se regula la planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras, y por último asegurar el cumplimiento de las competencias en materia de seguridad de la Comunidad Autónoma establecidas en la L.O. 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Por lo que se refiere a la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huelga y el mantenimiento de los servicios esenciales que obliga a esta consellería a fijar los servicios mínimos necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades en beneficio del principio constitucional de protección social de la familia y garantizar los derechos constitucionales como dispone el artículo 35.1º y 40.2º de la Constitución ya que

de no realizar el servicio público encomendado a esta consellería, quedaría gravemente afectado un derecho institucionalmente protegido como es el de acceso al trabajo.

En cuanto a la Consellería de Medio Ambiente, la motivación de la concreta determinación del mínimo de actividad y de la fijación del personal preciso para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales prestados por esta consellería afectados por la convocatoria de huelga, es, respecto a cada uno de ellos:

-En los servicios administrativos, tanto centrales como periféricos, el ineludible desarrollo de las funciones de información y de registro públicos, así como el seguimiento del propio desarrollo de la huelga.

-En el Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia y en el Centro de Investigaciones Forestales y Ambientales, en A Coruña y Pontevedra respectivamente, es necesario contar con personal que además de las funciones de mantenimiento de edificios, bienes e instalaciones, realice el seguimiento de los proyectos de investigación, cultivos y ensayos de laboratorio que se llevan a cabo en ellos, ya que, de ser interrumpidos podrían provocar situaciones de difícil reparación tanto en el desarrollo de los mismos como de los medios materiales empleados en su realización.

-En el Servicio Provincial de Defensa Contra Incendios Forestales y en los distritos forestais, en los que se reflejan, entre otras, las competencias encomendadas a los servicios de Defensa Contra Incendios Forestales, la imprevisibilidad del hecho causante de la prestación del servicio esencial de defensa contraincendios y la indeterminabilidad de sus consecuencias en cuanto a vidas y haciendas, ante el que sería de aplicación plenamente y sin posibilidad de restricción alguna el principio de que salus populi máxima lex est si sucediese que fuese menester, obviamente a juicio de los responsables del servicio, la utilización del total de los efectivos de que se dispone.

-En los servicios de Montes e Industrias Forestales, la realización de funciones de vigilancia de bienes e instalaciones públicas dependientes de dichos servicios.

-En los servicios de Medio Ambiente Natural, la realización de funciones de vigilancia y mantenimiento de edificios, bienes e instalaciones públicas, entre los que deben considerarse incluidos aquellos bienes de dominio público a los que la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, define como aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en el párrafo 5.2º del Reglamento de régimen interior de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 111/1984, de 25 de mayo, y a propuesta de todas las consellerías de la Xunta de Galicia y oído el comité de huelga,

DISPONGO

Artículo 1º

1.1. Con carácter general, en todas las consellerías y sus organismos autónomos el mínimo de actividad

y el personal preciso para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales durante la huelga convocada con carácter general para los días 22 y 23 de noviembre de 2000, comezando a las 0 horas del día 22 de noviembre de 2000 y rematando a las 24 horas del día 23 de noviembre de 2000, salvo en las instituciones sanitarias del Sergas, que tendrá lugar desde las 22 horas del día 21 de noviembre de 2000 hasta las 22 horas del día 23 de noviembre de 2000, es el siguiente:

-Un funcionario encargado del registro.

-Un auxiliar administrativo por cada centro directivo.

-Un subalterno.

-Un subalterno por cada dependencia ajena al complejo administrativo de San Caetano.

1.2. Con carácter general en todas las delegaciones provinciales o centros periféricos se considerarán servicios mínimos los siguientes:

-Una persona en cada registro.

-Un subalterno.

-Un subalterno más por cada local ajeno a la sede de la delegación o servicio provincial o territorial.

-Un auxiliar administrativo.

-Un auxiliar administrativo más por cada local ajeno a la sede de la delegación o servicio provincial o territorial.

-Un conductor.

Artículo 2º

Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior tendrán la consideración de servicios mínimos los que se relacionan seguidamente:

2.1. Presidencia:

Presidencia de la Xunta de Galicia:

-Una secretaria.

-Un subalterno.

-Un conductor.

Secretaría General de la Presidencia:

-Una secretaria.

-Un subalterno.

-Un conductor.

Casa de Galicia en Madrid:

-Una secretaria.

-Un subalterno.

Asesoría Jurídica General:

-Asesoría Jurídica General y asesorías de las consellerías, dos letrados en total y un funcionario de la rama administrativa.

-Asesoría Jurídica del Servicio Gallego de Salud en Santiago de Compostela, un letrado.

-Gabinete Jurídico Territorial de A Coruña, un letrado.

-Asesoría Jurídica del Servicio Gallego de Salud de A Coruña, un letrado.

-Gabinete Jurídico Territorial de Lugo, un letrado.

-Asesoría Jurídica del Servicio Gallego de Salud de Lugo, un letrado.

-Gabinete Jurídico Territorial de Pontevedra, un letrado.

-Asesoría Jurídica del Servicio Gallego de Salud de Vigo, un letrado.

-Gabinete Jurídico Territorial de Ourense, un letrado.

-Asesoría Jurídica del Servicio Gallego de Salud de Ourense, un letrado.

Secretaría General para el Deporte:

Servicios centrales:

-Un encargado del registro.

Secretaría General de Relaciones con la Unión Europea y Acción Exterior:

-Un jefe de sección.

Secretaría General de Investigación y Desarrollo:

-Un funcionario encargado del registro.

Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos:

-Un jefe de sección de Habilitación.

2.2. Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Servicios centrales.

Secretaría general.

-Un conductor por cada miembro del Goberno gallego.

-Tres conductores del Parque Móvil de la Xunta de Galicia para incidencias.

-Un facultativo médico.

-Un funcionario del Parque Móvil de la Xunta de Galicia.

-Dos telefonistas.

-Un funcionario del Diario Oficial de Galicia.

-Un funcionario del Servicio de Traducción.

-Un funcionario del Servicio de Personal.

Dirección General de la Función Pública:

Subdirección General de Régimen Jurídico y Relaciones Laborales:

-Un jefe de negociado.

Subdirección General de Gestión de Personal:

-Un jefe de negociado.

-Un jefe de sección.

-Un auxiliar administrativo.

Dirección General de Relaciones Parlamentarias:

-Un jefe de sección.

Inspección General de Servicios:

Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano:

-Un jefe de sección.

Teléfono de Información al Ciudadano:

-Turno de mañana: un auxiliar de información.

-Turno de tarde: un auxiliar de Información.

Oficinas comarcales:

-Un jefe de oficina por cada una de ellas.

Oficina de la Xunta en Ferrol:

-Un auxiliar administrativo el día 22.

-Un jefe de oficina el día 23.

Subdirección General de Racionalización Administrativa:

-Un auxiliar administrativo.

Equipos de inspección:

-Un auxiliar administrativo por equipo de inspección.

Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos.

Servicios centrales:

-Dos coordinadores de Infocentro.

-Un ordenanza.

Servicios periféricos:

-A Coruña: un coordinador de Infocentro.

-Lugo: un coordinador de Infocentro.

-Ourense: un coordinador de Infocentro.

-Pontevedra: un coordinador de Infocentro.

-Vigo: un coordinador de Infocentro.

Escuela Gallega de Administración Pública:

-Un conductor.

Servicios periféricos:

Delegación Provincial de A Coruña:

Plaza de Pontevedra.

-Un auxiliar encargado del registro.

-Un administrativo.

-Un subalterno.

Edificio de Monelos:

-Un auxiliar administrativo.

-Un subalterno.

Servicio de Deportes:

-Un auxiliar administrativo.

-Un subalterno.

Parque móvil:

-Un auxiliar administrativo.

INEF de Galicia:

-Un auxiliar administrativo.

-Un peón de mantenimiento.

Delegación Provincial de Lugo:

Servicio Provincial de Deportes:

-Un auxiliar administrativo.

Oficina Comarcal de Vilalba:

-Un responsable de la oficina comarcal.

Secretaría provincial:

-Dos subalternos.

-Cuatro funcionarios en el registro general.

-Un funcionario en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano.

-Un auxiliar administrativo.

-Un habilitado (responsable oficina compulsas).

-Un telefonista.

-Un informático.

-Un auxiliar informático.

Delegación Provincial de Ourense:

-Complejo de Monterrei: un funcionario por cada turno.

-Oficina Comarcal de O Barco: un funcionario.

Delegación Provincial de Pontevedra:

Secretaría provincial:

-Un jefe de negociado.

-Un auxiliar administrativo.

-Un subalterno.

-Un informático.

Servicio Provincial de Deportes de Pontevedra:

-Un auxiliar administrativo.

Sección de Promoción Deportiva de Vigo:

-Un auxiliar administrativo.

Centro Gallego de Tecnificación Deportiva Residencia Atlántico:

-Un oficial de cocina en cada turno.

-Un ayudante de cocina en cada turno.

-Una camarera limpiadora en cada turno.

-Un portero por cada turno.

-Un peón.

2.3. Consellería de Economía y Hacienda:

Servicios centrales:

Consellería:

-Un auxiliar administrativo en la Subdirección General del Patrimonio.

-Un conductor.

IGE:

-Habilitado.

CIXTEC:

-Un analista programador.

-Un operador de ordenador, en el ordenador central.

-Un operador en la sala del CIXTEC en San Caetano.

IGAPE:

-Una persona en el registro.

-Un técnico en cada una de las subdirecciones.

-Una secretaria en cada una de las direcciones de área y en la dirección general.

-Un conductor.

SPI Galicia, S.A.:

-Un técnico de supervisión edificación.

-Un técnico de obra civil.

-Un técnico económico-financiero.

-Dos administrativos.

CES:

-Una persoa en el Gabinete de la Presidencia.

-Una persoa en el Departamento de Gestión.

XES Galicia:

-Un técnico.

-Un administrativo.

-Unha secretaria.

-Un conductor.

BIC Galicia:

-Un técnico en asesoramiento.

-Un técnico de formación.

-Un técnico de información.

-Una secretaria.

Fioga:

-Un administrativo.

Servicios periféricos.

Delegaciones territoriales:

-Una persona en el Servicio de Gestión Tributaria.

-Una persona en el Servicio de Recaudación.

-Una persona en la Sección de Tesorería (Caja General de Depósitos).

-Una persoa en la Intervención Territorial.

CIXTEC:

-Un operador en cada una de las delegaciones territoriales.

Igape:

-Una persoa en la oficina de Vigo.

-Una persoa en la oficina de Ferrol.

2.4. Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

Consellería:

-Jefe del Servicio de Personal.

-Habilitado.

-Un técnico en la Subdirección General de Carreteras.

-Un técnico para al ámbito de las subdirecciones generales de Inspección y de Ordenación del Transporte.

-Un técnico por cada servicio provincial de:

-Carreteras.

-Transportes.

-Un equipo de emergencia provincial compuesto por:

-Un capataz.

-Un conductor.

-Un operador de maquinaria pesada.

-Dos mecánicos.

-Cuatro peones.

Ente público Puertos de Galicia:

Servicios centrales:

-Un técnico.

-Un administrativo (en funciones de registro).

-Un miembro del departamento económico.

-Un auxiliar administrativo.

-Un conductor.

Zonas del ente público: zona norte (Lugo), zona centro (A Coruña) y zona sur (Pontevedra):

-Un técnico y un auxiliar administrativo (en funciones de registro) en cada una de las zonas.

-Un celador en los puertos de:

-Celeiro.

-Burela.

-Cariño.

-Cedeira.

-Sada.

-Malpica de Bergantiños.

-Muros.

-Ribeira.

-Portonovo.

-Cambados.

-Cangas.

Organismo autónomo Aguas de Galicia:

-Jefe de la Unidad de Personal y Régimen Interior.

-Jefe de la Sección de Habilitación.

-Un técnico en los servicios centrais.

-Un técnico por cada servicio territorial.

-Un auxiliar administrativo (en funciones de registro) en los servicios territoriales de A Coruña y Vigo.

-Un subalterno en los servicios territoriales de A Coruña y Vigo.

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo:

-Jefe de Personal.

-Jefe de Sección de Habilitación.

2.5. Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Servicios centrales:

-Un jefe de Sección de Personal.

Servicios periféricos:

-Un jefe de Sección de Personal.

2.6. Consellería de Industria y Comercio.

Consellería:

Servicios centrales:

-Un funcionario con destino en el Servicio de Personal.

Servicios periféricos (delegaciones provinciales):

-Un técnico con funciones facultativas.

-Jefe de Negociado de Habilitación.

Laboratorios de Consumo y Metales Preciosos:

-Un analista de laboratorio.

-Un químico.

Instituto Energético de Galicia:

-Un encargado del registro.

-Un administrativo.

-Un conductor.

2.7. Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria.

En los servicios centrales del Ilgga:

-Un funcionario encargado del personal.

En los servicios provinciales del Ilgga:

-Un técnico.

En los servicios centrales de la consellería:

-Un conductor por cada centro directivo.

-Un funcionario del Servicio de Personal.

En las delegaciones provinciales de la consellería:

-Un funcionario por cada un de los servicios.

-Un funcionario encargado del personal.

En las oficinas agrarias comarcales:

-Un funcionario o laboral encargado del registro por cada una de las oficinas.

-Un veterinario por cada una de las áreas.

-Los veterinarios de las comarcas en las que exista feria en esos días.

En los centros de Capacitación Agraria:

-Un auxiliar de internado.

-Un cocinero o auxiliar de cocina.

-Un oficial o peón.

En el Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo:

-Un encargado agrario de la finca de Mabegondo.

-Dos oficiales 1ª (ganadería y campo) en la finca de Mabegondo.

-Un capataz agrícola en la finca Robles de A Pobra do Brollón.

-Un oficial 1ª en la finca de Marco de la Zurra en Monfero.

En la Estación de Viticultura y Etnoloxía de Leiro.

-Un oficial.

En el Laboratorio Agrario y Fitopatolóxico de Mabegondo.

-Un responsable de mantenimiento.

-Dos técnicos (uno en Mabegondo y otro en Guísamo).

-Un administrativo o auxiliar administrativo (uno en Mabegondo y otro en Guísamo).

En el Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Lugo.

-Un técnico de laboratorio.

-Un auxiliar de laboratorio.

En el Centro de Recurzos Zootécnicos de Fontefiz:

-Un oficial.

2.8. Consellería de Cultura y Comunicación Social.

Servicios centrales:

-Un bibliotecario.

Delegación Provincial de A Coruña:

-Jefe de Negociado de Habilitación.

-Un telefonista.

Oficina Local de Ferrol:

-Un jefe de negociado.

Biblioteca Pública de A Coruña:

-Director.

-Dos vigilantes.

Biblioteca Pública de Santiago:

-Un técnico.

Archivo del Reino de Galicia:

-Director.

-Dos vigilantes.

Museo Provincial Bellas Artes de A Coruña:

-Director.

-Dos vigilantes.

Delegación Provincial de Lugo:

-Jefe de Negociado de Habilitación.

-Un telefonista.

Biblioteca Pública de Lugo:

-Director.

-Un vigilante.

Arquivo Histórico Provincial de Lugo:

-Director.

-Un vigilante.

Museo Monográfico del Castro de Viladonga:

-Un vigilante.

Delegación Provincial de Ourense:

-Jefe de Negociado de Habilitación.

-Un telefonista.

Biblioteca Pública de Ourense:

-Director.

-Un vigilante.

Museo Arqueolóxico Provincial de Ourense:

-Director.

-Dos vigilantes.

Museo Etnográfico de Ribadavia:

-Director.

-Un vigilante.

Arquivo Histórico Provincial de Ourense:

-Director.

-Un vigilante.

Delegación Provincial de Pontevedra:

-Jefe de Negociado de Habilitación.

-Un telefonista.

Biblioteca Pública de Pontevedra:

-Director.

-Dos ordenanzas.

Biblioteca Pública de Vigo:

-Director.

Arquivo Histórico Provincial de Pontevedra:

-Director.

-Un vigilante.

Poblado de Santa Tegra:

-Un guarda.

IGAEM:

-Un funcionario encargado del registro.

-Un conductor.

Turgalicia:

-Un jefe de personal.

-Un adxunto.

-Un encargado del registro.

-Un conductor.

-Una secretaria.

-Una recepcionista.

Xacobeo, S.A.:

-Un funcionario encargado del registro.

-Un ordenanza.

-Un conductor.

-Un técnico.

2.9. Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y Servicio Gallego de Salud.

Servicios centrales.

-Un efectivo por cada subdirección general.

-Un efectivo en la oficina de información.

-Un conductor para el complexo administrativo de San Caetano.

-Un conductor y un subalterno para cada dependencia ajena al complexo administrativo de San Caetano.

-Un auxiliar administrativo en el gabinete del conselleiro.

-Un efectivo en el Servicio de Informática.

-Un efectivo en el Plan de Galicia sobre Drogas.

-Dos efectivos en el Servicio de Relaciones Laborales.

-Un efectivo en el Servicio de Información de Salud Pública.

-Un efectivo en el Servicio de Protección de la Salud Frente a Riesgos Generales.

-Un efectivo en la Oficina de Transplantes.

-Un efectivo en el Servicio de Salud Mental.

-Un efectivo en el Servicio de Ordenación Farmacéutica.

Delegacion Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña:

-Un funcionario en la oficina de información.

-Un auxiliar administrativo.

-El habilitado.

-Un telefonista.

Delegacion Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña. Área de Servicios Sociales.

Servicios generales:

-Un auxiliar administrativo en la oficina de información.

-Un telefonista u ordenanza en la centralita telefónica.

Servicio de Prestaciones:

-Un auxiliar administrativo compartido con el Servicio de Ayudas y Programas.

-Un tramitador.

Servicio de Ayudas y Programas:

-Un trabajador social.

Servicio de Valoraciones:

-Dos médicos.

-Dos psicólogos.

-Dos trabajadores sociales.

-Un funcionario de administración.

Direccion General de Salud Pública:

Zona de A Coruña:

-Inspectores de establecimientos: 4.

-Inspectores de mataderos: 8.

-Inspectores de aves y conejos: 3.

-Inspectores de lonjas: 1.

Zona de Ferrol:

-Inspectores de establecimientos: 3.

-Inspectores de mataderos: 2.

-Inspectores de aves: 2.

Zona de Santiago:

-Inspectores de establecimientos: 3.

-Inspectores de mataderos: 2.

-Inspectores de mataderos de aves y conejos: 4.

Zona de Noia:

-Inspectores de establecimientos: 3.

-Inspectores de mataderos: 1.

-Inspectores de mataderos de aves: 3.

Residencia Asistida de la Tercera Edad de Oleiros:

-Un médico en turno habitual.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un jefe de servicios técnicos en su turno habitual.

-Un ayudante de servicios técnicos en su turno habitual.

-Un asistente social en turno de mañana.

-Un subgobernante.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Diecisiete camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un coordinador de enfermería.

-Seis ATS/DUE en turno de mañana.

-Dos ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Veintisiete auxiliares de clínica en turno de mañana.

-Dieciséis auxiliares de clínica en turno de tarde.

-Ocho auxiliares de clínica en turno de noche.

Residencia de la Tercera Edad de Ferrol:

-Un médico en turno de mañana.

-Un ATS/DUE coordinador en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Cinco auxiliares de clínica en turno de mañana.

-Cuatro auxiliares de clínica en turno de tarde.

-Dos auxiliares de clínica en turno de noche.

-Un gobernante o subgobernate/a en su turno habitual.

-Once camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Dos cocineros en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Un ayudante de servicios técnicos en turno de mañana.

Residencia de la Tercera Edad Torrente Ballester de A Coruña:

-Un médico en turno de mañana.

-Un coordinador de enfermería en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Tres auxiliares de clínica en turno de mañana.

-Dos auxiliares de clínica en turno de tarde.

-Un auxiliar de clínica en turno de noche.

-Un gobernante en turno de mañana.

-Seis camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Tres camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Un técnico oficial de mantenimiento en turno de mañana.

Residencia-Hogar de la Tercera Edad de Santiago:

-Un médico en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Dos auxiliares de clínica en turno de mañana.

-Dos auxiliares de clínica en turno de tarde.

-Un auxiliar de clínica en turno de noche.

-Cinco camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Tres camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un cocinero en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Un encargado de trabajos en turno de mañana.

-Un gobernante en su turno habitual.

Residencia-Hogar de la Tercera Edad de Carballo:

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un auxiliar de clínica en turno de mañana.

-Un auxiliar de clínica en turno de tarde.

-Una camarera-limpiadora en turno de mañana.

-Una camarera-limpiadora en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un vigilante nocturno en turno de noche.

Residencia de la Tercera Edad de A Pobra do Caramiñal:

-Un auxiliar de clínica en turno de mañana.

-Un auxiliar de clínica en turno de tarde.

-Una camarera-limpiadora en turno de mañana.

-Una camarera-limpiadora en turno de tarde.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un auxiliar de clínica en turno de noche.

Centro de Asistencia y Educación Especial Santiago Apóstol de A Coruña:

-Diez educadores en turno de mañana.

-Diez educadores en turno de tarde.

-Catorce auxiliares-cuidadores en turno de mañana.

-Doce auxiliares-cuidadores en turno de tarde.

-Cinco auxiliares cuidadores en turno de noche.

-Un maestro de taller en su turno habitual.

-Un jefe de personal en su turno ordinario.

-Una secretaria en su turno habitual.

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Dos oficiales de mantenimiento en el turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un telefonista en turno de mañana.

-Un telefonista en turno de tarde.

-Un gobernante en su turno habitual.

-Un cocinero o ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un cocinero o ayudante de cocina en turno de tarde.

-Dos mozos en turno de mañana.

-Un mozo en turno de tarde.

-Un jefe de internado en su turno habitual.

-Dos ayudantes de taller en su turno habitual.

-Un profesor especial en su turno habitual.

-Un encargado de mantenimiento en su turno habitual.

-Un oficial de mantenimiento en turno de tarde.

-Un vigilante nocturno.

-Cuatro personas de servicio doméstico en turno de mañana.

-Tres personas de servicio doméstico en turno de tarde.

-Seis limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro limpiadoras en turno de tarde.

Hogar de la Tercera Edad de Ferrol:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Seis auxiliares de hogar en turno de mañana.

Hogar de la Tercera Edad de A Coruña:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Una limpiadora en su turno habitual.

Sección de Calificación y Valoración de Minusvalías de Ferrol:

-Un titulado superior médico en turno de mañana.

-Un titulado superior psicólogo en turno de mañana.

-Un asistente social en turno de mañana.

Hospedería de la Casa del Mar de A Coruña:

-Un ordenanza en su turno habitual.

Hospedería de la Casa del Mar de Ferrol:

-Un ordenanza en su turno habitual.

Dirección Provincial del Sergas de A Coruña:

Secretaría Provincial:

-Dos auxiliares administrativos.

Servicio de Recursos Humanos:

-Un auxiliar administrativo.

Servicio de Inspección y Asistencia Sanitaria:

-Un inspector médico.

Inspección Médica de Santiago:

-Un inspector médico.

Inspección Médica de Ferrol:

-Un inspector médico.

Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo:

Delegación provincial:

-Un epidemiólogo.

-Un jefe de sección de sanidad ambiental.

Residencia de la Tercera Edad As Gándaras (Lugo):

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Tres auxiliares de enfermería en turno de mañana.

-Dos auxiliares de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Una gobernanta en turno de mañana.

-Un jefe de servicios técnicos en turno de mañana.

-Un asistente social en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un encargado de almacén en turno de mañana.

-Ocho camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Seis camareras limpiadoras en turno de tarde.

-Dos ordenanzas en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Dos cocineros en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un oficial de servicios técnicos en turno de mañana.

Residencia de la Tercera Edad de Burela:

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Tres camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Dos camareras limpiadoras en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Un cocinero en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

Residencia de la Tercera Edad A Milagrosa (Lugo):

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Dos camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Dos camareras limpiadoras en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un cocinero en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

Residencia de la Tercera Edad de Monforte de Lemos:

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Dos camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Un camarera limpiadora en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Dos cocineros en turno de mañana.

CAMP de Sarria:

-Un ATS/DUE en turno de mañana.

-Un ATS/DUE en turno de tarde.

-Un ATS/DUE en turno de noche.

-Diecisiete cuidadores en turno de mañana.

-Diecisiete cuidadores en turno de tarde.

-Cinco cuidadores en turno de noche.

-Un oficial de servicios técnicos en turno de mañana.

-Un oficial de servicios técnicos en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Dos ETAR en turno de mañana.

-Un ETAR en turno de tarde.

-Diez camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro camareras limpiadoras en turno de tarde.

-Un conductor en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Dos cocineros en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un responsable de área en turno de mañana.

Sección de Calificación y Valoración de Minusvalías:

-Dos titulados superiores médicos en turno de mañana.

-Dos titulados superiores psicólogos en turno de mañana.

-Un asistente social en turno de mañana.

Hogar de la Tercera Edad de Lugo:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Hospedería de la Casa del Mar de Burela:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Hospedería de la Casa del Mar de Celero:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Servicios Veterinarios de Salud Pública -Zona de Lugo:

-Mataderos homologados: 6.

-Mataderos de aves: 2.

Número de efectivos de servicios mínimos:

-Inspectores: 8.

-Jefe de zona: 1.

Servicios Veterinarios de Salud Pública-Zona de Burela:

-Mataderos homologados: 3.

Número de efectivos de servicios mínimos:

-Inspectores: 3.

-Jefe de zona: 1.

Servicios Veterinarios de Salud Pública-Zona de Monforte de Lemos:

-Mataderos homologados: 3.

Número de efectivos de servicios mínimos:

-Inspectores: 3.

-Jefe de zona: 1.

Dirección Provincial del Sergas de Lugo:

Servicio de Inspección y Asistencia Sanitaria:

-Un jefe de grupo.

Unidad de Salud Laboral:

-Un inspector médico.

Unidad de Control de Conciertos y Otras Prestaciones:

-Un inspector médico.

-Un subinspector sanitario.

Unidad de Control de la Prestación Farmacéutica:

-Un jefe de negociado.

Inspección Médica de Burela:

-Un inspector médico.

Inspección Médica de Monforte:

-Un subinspector sanitario.

Servicio de Recursos Humanos:

-Un auxiliar administrativo.

Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de Ourense:

Delegación provincial:

Secretaría provincial:

-Un auxiliar de información.

Servicio de Planificación y O. Sanitaria:

-Jefe de servicio.

Servicio de Promoción de la Salud:

-Jefe de servicio.

-Jefe de sección de epidemiología.

Servicio de Protección de la Salud:

-Jefe de servicio.

-Jefe Sección de Ambiental.

Laboratorio de Salud Pública:

-Directora del laboratorio.

Servicios Veterinarios de Zona:

Zona de Ourense:

-Total efectivos: 23.

-Efectivos de servicios mínimos: 8.

-Mataderos homologados: 6.

-De aves: 1.

-De zona: 1.

Zona de Verín:

-Total efectivos: 8.

-Efectivos de servicios mínimos: 4.

-Mataderos homologados: 3.

-De zona: 1.

Zona de O Barco:

-Total efectivos: 7.

-Efectivos de servicios mínimos: 3.

-Mataderos homologados: 2.

-De zona: 1.

Servicios Sociales:

Área de Servicios Sociales:

-Un auxiliar de información.

-Dos titulados superiores médicos en turno de mañana.

-Dos titulados superiores psicológos en turno de mañana.

-Dos asistentes sociales.

Hogar-Centro de Coordinación de Ourense:

-Un ordenanza en su turno habitual.

-Una limpiadora en su turno habitual.

Centros asistenciales:

Residencia 3ª Edad Nosa Sra. dos Milagres:

-Un portero en su turno habitual.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de tarde.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un oficial de mantenimiento en su turno habitual.

-Cinco camareras-limpiadoras en su turno habitual.

-Un ATS/DUE en su turno habitual.

-Cinco auxiliares de clínica en turno de mañana.

-Dos auxiliares de clínica en turno de tarde.

-Dos auxiliares de clínica en turno de noche.

Residencia 3ª Edad de O Carballiño:

-Un cocinero en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un ordenanza en su turno habitual.

-Una camarera-limpiadora en turno de mañana.

-Una camarera-limpiadora en turno de tarde.

-Un auxiliar de clínica en turno de mañana.

-Un auxiliar de clínica en turno de tarde.

Residencia 3ª Edad de Castro Caldelas:

-Un cocinero en turno de mañana.

-Un cocinero en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Una camarera-limpiadora en turno de mañana.

-Una camarera-limpiadora en turno de tarde.

-Un auxiliar de clínica en turno de mañana.

-Un auxiliar de clínica en turno de tarde.

-Un técnico de mantenimiento en su turno habitual.

Dirección Provincial del Sergas de Ourense:

C/ Xoán XXIII 27-29 (sede):

-Un inspector médico.

C/ Xoán XXIII, nº 8 (Inspección de Farmacia):

-Unha inspectora farmacéutica.

Inspección Médica (O Barco de Valdeorras):

Delegacion Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales en Pontevedra:

Secretaría provincial:

-Un auxiliar en información.

Servicio de Gestión Económica:

-Un jefe de servicio.

Servicio de Planificacion Sanitaria:

-Un jefe de servicio.

Servicio de Promoción de la Salud:

-Un jefe de servicio.

Servicio de proteccion de la Salud:

-Un jefe de servicio.

Zona Salud Pública de Pontevedra:

-Un jefe de zona.

-Un director técnico de industrias alimenticias.

-Seis inspectores veterinarios de salud pública mataderos.

-Un inspector veterinario de salud pública.

Zona Salud Pública de Vigo:

-Un jefe de zona.

-Un director técnicos de industrias alimenticias.

-Un inspector veterinario de salud pública de lonxa.

-Siete inspectores veterinarios de salud pública mataderos.

-Un inspector veterinario de salud pública.

Zona Salud Pública de Lalín:

-Un jefe de zona.

-Seis inspectores veterinarios de salud pública mataderos.

-Un inspector veterinario de salud pública.

Laboratorio de Salud Pública:

-Un jefe de servicio.

-Un puesto base grupo a Ley 17.

Delegación Provincial de Vigo:

Secretaría provincial:

-Un auxiliar en informacion.

Área de Servicios Sociales:

-Un jefe de área.

Servicio de Ayudas y Programas:

-Un jefe de servicio.

Servicio de Prestaciones:

-Un jefe de servicio.

Centro de Calificacion de Minusvalías de Pontevedra:

-Un asistente social.

-Un titulado superior médico.

-Un psicólogo.

Centro de Calificación de Minusvalías de Vigo:

-Un asistente social.

-Un titulado superior médico.

-Un psicólogo.

Centro Social de Bouzas:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de O Calvario:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Vilagarcía:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Tui:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Vilaxoán:

-Una directora en turno de mañana.

-Un peón en turno de tarde.

Centro Social de Baiona:

-Un director en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Rivera-Atienza:

-Un peón en turno de mañana.

-Un peón en turno de tarde.

Centro Social de O Porriño:

-Un director en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Teis:

-Un peón en turno de mañana.

-Un peón en turno de tarde.

Centro Social de Lalín:

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Centro Social de Coia:

-Un peón en turno de mañana.

-Un peón en turno de tarde.

Centro Social de Redondela:

-Un directora en turno de mañana.

-Un peón en turno de tarde.

Hogar de la 3 Edad de Vigo:

-Una directora en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Una limpiadora en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Hogar de la 3ª Edad Pontevedra:

-Una directora en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Una limpiadora en turno de mañana.

Centro Ocupacional O Saiar de Caldas de Reis:

-Un directora.

-Un cocinero/a.

-Una camarera-limpiadora.

-Dos monitores.

-Un maestro de taller.

Hospedería Casa del Mar de Vigo:

-Una gobernanta.

-Una camarera-limpiadora en turno de maña.

-Un ordenanza en turno de tarde.

Residencia de la 3 Edad O Meixoero-Vigo:

-Una directora.

-Un auxiliar de clínica en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Diez camareras limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro camareras en turno de tarde.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Una subgobernanta en turno de mañana.

Residencia-Hogar de la 3ª Edad de Marín:

-Un director.

-Un ATS-DUE en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Cinco camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Dos camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Dos ordenanzas en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

Residencia de la 3ª Edad de Campolongo:

-Un director.

-Un ATS-DUE due en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un auxiliar de enfermería en turno de noche.

-Cinco camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Dos camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Un gobernante en turno de mañana.

Residencia-Hogar de la 3ª Edad de A Estrada:

-Una directora.

-Un auxiliar de enfermería en turno de mañana.

-Un auxiliar de enfermería en turno de tarde.

-Un oficial 1º cocina en su turno habitual.

-Un ayudante de cocina en su turno habitual.

-Dos camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Una camarera-limpiadora en turno de tarde.

-Ordenanza en turno de noche.

Camp de Redondela:

-Una directora.

-Una administradora en turno de mañana.

-Un ATS en turno de mañana.

-Un ATS-DUE en turno de tarde.

-Un ATS-DUE en turno de noche.

-Tres ETAR en turno de mañana.

-Dos ETAR en turno de tarde.

-Veinte cuidadores en turno de mañana.

-Cuidadores en turno de tarde.

-Cuidadores en turno de noche.

-Ocho camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Cuatro camareras en turno de tarde.

-Un oficial 1ª cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 2ª de cocina en turno de tarde.

-Un oficial de ss.tt. en turno de mañana.

-Un oficial ss.tt. en turno de tarde.

-Dos ordenanzas en turno de mañana.

-Un ordenanza en turno de tarde.

-Un conductor.

-Un responsable personal.

-Un responsable asistencial.

-Un gobernanta en turno de mañana.

-Una auxiliar administrativa.

Residencia asistida de la Tercera Edad de Vigo:

-Un director.

-Una administradora.

-Dos responsables de area en turno de mañana.

-Un auxiliar administrativo.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de mañana.

-Un oficial 1ª de cocina en turno de tarde.

-Un ayudante de cocina en turno de mañana.

-Un ayudante de cocina en turno de tarde.

-Un gobernante en turno de mañana.

-Un oficial de ss.tt. en turno de mañana.

-Un oficial ss.tt. en turno de tarde.

-Dos ordenanzas en turno de mañana.

-Dos ordenanzas en turno de tarde.

-Un ordenanza en turno de noche.

-Dieciséis camareras-limpiadoras en turno de mañana.

-Ocho camareras-limpiadoras en turno de tarde.

-Un medico en turno de mañana.

-Un ATS-DUE coordinador en turno de mañana.

-ATS-DUE en turno de mañana.

-Dos ATS-DUE en turno de tarde.

-Dos ATS-DUE en turno de noche.

-Treinta y cinco auxiliares de enfermería en turno de mañana.

-Veintidós auxiliares de enfermería en turno de tarde.

-Ocho auxiliares de enfermería en turno de noche.

-Un encargado almacén en turno de mañana.

2.10. Consellería de Pesca, Marisqueo, y Acuicultura.

Centros:

Provincia de A Coruña:

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol:

-El director.

-Un educador.

-Un oficial 2ª de cocina.

-Un ayudante de cocina.

-Dos limpiadoras-fregadoras.

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira:

-El director.

Centro de Experimentación en Acuicultura (Couso):

-Dos vigilantes.

-Un oficial 1ª de mantenimiento.

Provincia de Lugo:

Centro de Cultivos Marinos de Ribadeo:

-Un oficial 1ª de mantenimiento.

Provincia de Pontevedra:

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero de Vigo:

-El director.

-Un subalterno.

-Dos educadores.

-Un jefe de cocina.

-Un oficial 2ª de cocina.

-Dos ayudantes de cocina.

-Dos camareras-limpiadoras.

Instituto Gallego de Formación en Acuicultura de A Illa de Arousa:

-El director.

Centro de Investigaciones Mariñas de Vilanova de Arousa:

-Un vigilante.

-Un encargado general (mantenimiento).

Centro de Control de la Calidad del Medio Marino (Vilaxoán):

-El director.

-Un auxiliar de laboratorio.

Servicio de Protección de Recursos:

Servicios centrales:

La Sección de Vigilancia:

Bases de Vigilancia de A Coruña, Muxía, Ribeira, Celeiro, Vigo, Pontevedra y Vilagarcía:

-Un jefe de base.

-Un patrón.

-Un mecánico.

-Dos vigilantes marineros.

Confrarías:

-Un funcionario, para cada una de ellas.

2.11. Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Con carácter general en cada órgano de la consellería:

-Un funcionario de los grupos A o B.

Personal de la Administración de justicia:

-Un 30% del total de funcionarios de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la administración de justicia que presten servicios en el Tribunal Superior de Justicia y Audiencias Provinciales.

-Un oficial, un auxiliar y un agente de la Administración de justicia para cada uno de los juzgados de primera instancia, de instrucción, de primera instancia e instruccción, de lo social, de menores, de lo penal, con excepción de aquellos juzgados de instrucción que actúen de guardia, que deberán contar con toda su dotación de personal.

-Un agente judicial por cada uno de los juzgados de paz.

Personal de Protección Civil:

a) Servicios centrales:

-Un técnico de protección civil, y un jefe de sala del Servicio de Emergencias 112.

b) Delegaciones provinciales:

-Un técnico de Protección Civil.

Personal en materia de seguridad:

a) Servicios centrales:

-Un técnico de la Subdirección General de Seguridad y Régimen Interior en la Dirección General de Interior y Protección Civil.

b) Delegaciones provinciales:

-Un técnico dependiente del Servicio de Interior.

Servicios de Mediación, Arbitraje y Conciliación:

-Un letrado conciliador.

Áreas de Seguridad e Higiene:

-Un técnico de prevención de riesgos laborales-Especialidad de seguridade.

2.12. Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Con carácter general todos los directores y los efectivos de los centros que a continuación se relacionan:

Provincia de A Coruña.

a) Guarderías infantiles:

-Ventorrillo: un oficial 1ª de cocina, cuatro técnicos especialistas en jardín de infancia, dos camareras-limpiadoras.

-Catabois (Ferrol): un cocinero, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Elviña: un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-As Mariñas: un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Sta. María de Oza: un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Sta. Susana (Santiago de Compostela): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Vite (Santiago de Compostela): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Virgen del Chamorro (Ferrol): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

b) Centros de menores:

-Virgen del Carmen (Ferrol): un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, dos camareras-limpiadoras, dos educadores.

-San José de Calasanz: un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, dos camareras-limpiadoras en turno de mañana, dos camareras-limpiadoras en turno de tarde, un educador en turno de mañana y dos educadores en turno de tarde.

-Jesús de Nazareth: un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, dos educadores en turno de mañana, un educador en turno de tarde, un celador en turno de tarde, una camarera-limpiadora en turno de mañana, una camarera-limpiadora en turno de tarde, un vigilante nocturno.

-Soutomaior (Ferrol): un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, una camarera-limpiadora en turno de mañana, una camarera-limpiadora en turno de tarde, un educador en turno de mañana, un educador en turno de tarde, un educador en turno de noche.

c) Comedores asistencia para marginados:

-Cocina Hermandad: un cocinero, un ayudante cocina y una camarera-limpiadora.

d) Albergues, campamentos, casas de juventud y otros centros:

-Albergue Juvenil Marina Española (Bergondo): un cocinero, un guardia y una limpiadora.

-Albergue Juvenil Gandarío (Bergondo): un cocinero, un ayudante cocina, un ordenanza, una limpiadora.

-Albergue Juvenil Virgen de Loreto (Porto do Son): un guardia.

-Casa de Juventud de Carballo: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Curtis: un jefe de administración.

-Casa de Juventud de Noia: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Pontedeume: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Santiago de Compostela y TIVE: un ordenanza.

-Centro de Formación Ocupacional de Ferrol: un subalterno.

-Aula de Formación de Santiago-Centro: un auxiliar.

e) Oficinas de empleo:

-Oficinas de empleo de A Coruña (Porto, Tornos, Zalaeta), de Santiago (Norte y Centro) y Ferrol (O Inferniño): además del director, dos auxiliares.

-Restantes oficinas de empleo (avda. de Vigo, As Pontes de García Rodríguez, Betanzos, Boiro, Carballo, Cee, Melide y Ordes): además del director, un auxiliar.

Provincia de Lugo:

a) Guarderías Infantiles:

-Nuestra Señora del Sagrado Corazón: un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Paradai: un oficial 1ª de cocina, cuatro técnicos especialistas en jardín de infancia, dos camareras-limpiadoras.

-Nuestra Señora Purificación (Foz): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Nuestra Señora del Campo (Ribadeo): un oficial 1ª cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

b) Centro de menores:

-Sto. Ángel de la Guardia (Rábade): un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, seis educadores, una camarera-limpiadora, dos peones especializados, un vigilante nocturno.

c) Albergues, campamentos, residencias, casas de juventud y outros centros:

-Campamento Juvenil A Devesa (Ribadeo): un mozo de mantenimiento.

-Casa de Juventud de Vilalba: un profesor.

-Casa de Juventud de Viveiro: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Chantada: un ordenanza.

-Residencia Juvenil Eijo Garay: un cocinero, un ordenanza, dos camareras-limpiadoras.

-Residencia Juvenil Hermanos Pedrosa: un cocinero, un ordenanza, dos camareras-limpiadoras.

-Centro de Formación Ocupacional de Lugo: un subalterno.

-Centro de Formación Ocupacional de Viveiro: un subalterno.

d) Oficinas de empleo:

-Oficina de Empleo de Lugo: además del director, dos auxiliares.

-Restantes oficinas de empleo (Burela, y Chantada, Monforte de Lemos, Ribadeo, Sarria, Vilalba y Viveiro): además del director, un auxiliar (Becerreá y Mondoñedo): director.

Provincia de Ourense:

a) Guarderías infantiles:

-A Farixa: un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

-Antela: un oficial 1ª de cocina, un maestro especialista en educación infantil, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, dos camareras-limpiadoras.

-Virgen de Covadonga: un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia, una camarera-limpiadora.

b) Centros de menores:

-Montealegre: una gobernanta, un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, seis educadores, un oficial de mantenimiento, un ordenanza, dos camareras-limpiadoras en turno de mañana, dos camareras-limpiadoras en turno de tarde, un cuidador, un auxiliar cuidador y un vigilante nocturno.

-A Carballeira: un cocinero en turno de mañana, un cocinero en turno de tarde, dos educadores en turno de mañana, 4 educadores en turno de tarde, tres camareras-limpiadoras, un ordenanza y un vigilante nocturno.

c) Residencias de tempo libre:

-O Carballiño: un auxiliar.

d) Residencias, casas de juventud y outros centros:

-Residencia Juvenil López Cuevillas: un cocinero, dos camareras-limpiadoras.

-Casa de Juventud de Ourense: un ordenanza.

-Sta. María de Europa: un subalterno, una limpiadora.

-Centro de Alimentación Infantil O Barco: una auxiliar puericultora.

e) Oficinas de empleo:

-Oficina de empleo de Ourense (Centro y A Ponte): además del director, dos auxiliares.

-Restantes oficinas de empleo (de O Carballiño, Verín y Xinzo de limia): además del director, un auxiliar. (O Barco de Valdeorras, Celanova y Ribadavia): además del director, un subalterno. (A Pobra de Trives y Viana del Bolo): el director.

Provincia de Pontevedra:

a) Guarderías infantiles:

-Campolongo: un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia y una camarera-limpiadora.

-Relfas (Vigo): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia y una camarera-limpiadora.

-Bouzas (Vigo): un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia y una camarera-limpiadora.

-O Toxo: un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia y una camarera-limpiadora.

-Rosalía de Castro Coia (Vigo): un oficial 1ª de cocina, un maestro especialista en educación infantil, dos técnicos especialistas en jardín de infancia y dos camareras-limpiadoras.

-Cabral (Vigo): un oficial 1ª de cocina, tres técnicos especialistas en jardín de infancia y dos camareras-limpiadoras.

-Redondela: un oficial 1ª de cocina, dos técnicos especialistas en jardín de infancia y una camarera-limpiadora.

b) Centros de menores:

-Avelino Montero: un cocinero, una camarera-limpiadora, seis educadores y un vigilante nocturno.

-San Paio (Vigo): un cocinero, una camarera-limpiadora y un educador.

c) Residencias de tiempo libre:

-Panxón (Nigrán): un auxiliar.

d) Albergues, casas de juventud, campamentos y residencias:

-Albergue Juvenil As Sinas (Vilanova de Arousa): un guardia.

-Casa de Juventud de Forcarei: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Vilagarcía de Arousa: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Lalín: un ordenanza.

-Casa de Juventud de Tui: un ordenanza.

-Campamento Juvenil Pontemaril (Forcarei): un guarda.

-Residencia Juvenil Altamar (Vigo): un oficial 1ª cocina, dos camareras-limpiadoras, un ordenanza.

-Centro de Formación Ocupacional de Vigo: un auxiliar.

e) Oficinas de empleo:

-Oficinas de empleo de Vigo (Coia, López Mora, Sanjurjo Badía y O Calvario) y oficina de empleo de Pontevedra: además del director, dos auxiliares.

-Restantes oficinas de empleo (A Estrada, Baiona, Cambados, O Porriño y Vilagarcía de Arousa): además del director, un auxiliar. (A Cañiza, Caldas de Reis, Cangas, Lalín, Ponteareas, Redondela y Tui): el director.

2.13. Consellería de Medio Ambiente.

Servicios centrales:

-Un funcionario en el registro de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural.

-Un funcionario en el Registro de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

-Un conductor por cada dirección general.

-O habilitado de nóminas.

Centro de Investigaciones Forestales y Ambientales de Lourizán:

-Un técnico.

-Un auxiliar de laboratorio.

-Un oficial de 1ª o 2ª.

-Un péon.

Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia:

-Un técnico.

-Un analista o auxiliar de laboratorio.

Delegaciones provinciles:

-Un emisorista del Servicio de Defensa contra Incendios Forestales.

Distritos forestales:

Cabecera:

-Un técnico.

-Un axente forestal.

-Un emisorista.

Comarcas:

-Un agente forestal.

-Una brigada de defensa contra incendios forestales.

-Un conductor-motobomba de defensa contra incendios forestales.

En caso de que durante el tiempo de la huelga se produjesen incendios que, a juicio de los responsables del servicio, obligasen a adoptar medidas complementarias a las adoptadas con el personal previsto como mínimo, este podrá elevarse hasta el cien por cien.

Distritos Medio Ambiente Natural:

-Un agente forestal por comarca.

Servicio de Montes e Industrias Forestales/ Viveros e Instalaciones Afines:

-Un responsable en cada unidad.

Artigo 3º

El personal que debe prestar los servicios relacionados en los artículos anteriores será destinado por los secretarios generales en los servicios centrales de las consellerías, por los delegados provinciales en los servicios periféricos, y por los directores de los centros, organismos autónomos y empresas públicas en los restantes supuestos.

Artigo 4º

El incumplimiento de la obligación de atender los servicios mínimos fijados en esta orden, será sancionado de conformidad con la legislación vigente aplicable a los diversos colectivos.

Artículo 5º

Lo dispuesto en la presente orden no supondrá ninguna limitación de los derechos que la normativa reguladora de la huelga le reconoce al personal en dicha situación.

Disposición final

La presente orde entrará en vigor el mismo día de su públicación en el Diario oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2000.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública