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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Lunes, 20 de noviembre de 2000 Pág. 15.486

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARBO

ANUNCIO.

El Pleno Municipal, en sesión de 29-9-2000, adoptó el siguiente acuerdo, que en su parte dispositiva, aprobada inicialmente por la Comisión de Gobierno en sesión ordinaria de 18-3-2000, dice:

Primero.-Aprobar definitivamente el Plan parcial de suelo empresarial S.R.A.U.3, conforme al informe emitido por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha de 15-9-2000, y condicionado a las observaciones realizadas en el mismo, de acuerdo con las modificaciones propuestas, que son las siguientes y que se incorporarán al Plan parcial:

-Nueva portada del documento con fecha de septiembre de 2000.

-Cuadro de características, donde se especifica la previsión correspondiente de plazas de aparcamiento reservadas para minusválidos, de acuerdo con los módulos legalmente aplicables (página 59).

-Ordenanzas reguladoras art. 46 red viaria. Donde se justifica la previsión correspondiente de plazas de aparcamiento reservadas para minusválidos, de acuerdo con los módulos legalmente aplicables, así como el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (página 74).

-Índice de anexos, incorporación de la nueva propuesta de informe emitido por la CPTOPV de 15 de septiembre de 2000 (página 105).

Segundo.-Comprometerse a la tramitación de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Municipal, en relación con la superficie residual del S.R.A.U.3, con consecuencia de su inviabilidad futura como suelo industrial.

Tercero.-Proceder a la publicación de este acuerdo en el DOG y en el BOP, así como en este del texto de la normativa y ordenanzas.

Cuarto.-Comunicar la aprobación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y darle traslado de una copia autenticada del expediente administrativo completo y de dos ejemplares del documento aprobado definitivamente diligenciados por la secretaría del ayuntamiento.

Quinto.-El presente acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo adoptó en el plazo de un mes o impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, computados, ambos plazos, a partir de su publicación.

Arbo, 13 de octubre de 2000.

Manuel Rivera Domínguez

Alcalde