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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Lunes, 20 de noviembre de 2000 Pág. 15.459

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 275/2000, de 26 de octubre, por el que se desafectan del dominio público diversos inmuebles de las antiguas cámaras agrarias locales de Ortigueira, Gondomar y Vigo.

El patrimonio de las extintas cámaras agrarias locales se integró definitivamente en el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud de lo establecido en la disposición adicional 7ª.1 de la Ley 11/1995, de 28 de diciembre (DOG nº 249, del 30 de diciembre), quedando adscrito a la Consellería

de Agricultura, Ganadería y Montes para su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del ámbito territorial de cada antigua cámara.

Según la disposición adicional 2ª de la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, de bases de régimen jurídico de las cámaras agrarias (BOE nº 312, del 30 de diciembre) de acuerdo con la redacción dada en el artículo 1 de la Ley 23/1991, de 15 de octubre (BOE nº 249, de 17 de octubre), la Comunidad Autónoma puede realizar las atribuciones patrimoniales y la adscrición de los medios de las cámaras agrarias extinguidas.

En este caso, al amparo del artículo 10.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, que señala que cuando los bienes y derechos no fuesen necesarios para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación, cesará su naturaleza demanial y adquirirán la condición de patrimoniales, sin perjuicio, en su caso, del derecho de reversión en los términos de la legislación de expropiación forzosa respecto de aquellos bienes adquiridos por este título, y de la disposición adicional 7ª.3 de la Ley 11/1995, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1996, por la que el Consello de la Xunta de Galicia podrá desafectar y ceder el uso de los bienes inmuebles de las extintas cámaras agrarias a los ayuntamientos, organizaciones profesionales agrarias u otras entidades públicas o privadas sin fin de lucro, y la vista de los informes favorables de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, hoy

Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, de 8 de agosto de 1997, 26 de octubre de 1998 y 29 de agosto de 2000, fue tramitado por la Consellería de Economía y Hacienda el expediente de desafectación del dominio público de varios inmuebles.

Por todo ello, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiséis de octubre de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafectan del dominio público los bienes descritos a continuación:

1. Edificio nº 9 situado en la avenida Francisco de Santiago de la villa de Ortigueira (A Coruña), compuesto de dos plantas; la planta baja ocupa una superficie de 256,34 m, y la planta alta 172,8 m. Por la parte posterior tiene un terreno unido de 110 m que se sirve directamente desde la calle, por medio de un corredor que tiene 48,72 m. Linda el conjunto: frente, con la citada avenida; espalda, con servidumbre de paso de servicio privado y terreno más bajo de Guillermo y María Caula Rubido y otra y José Docanto Corral; derecha entrando, con garaje y huerta de José Pumar Pita; e izquierda, casa y terreno de Hortensia Bouza Paz.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Ortigueira en el tomo 211, libro 125, folio 112, finca nº 13.605, inscripción 3ª.

2. Edificio nº 6 situado en la avenida Francisco de Santiago de la villa de Ortigueira (A Coruña), compuesto de planta baja y un piso, que mide 95,2 m. Linda: frente, con la citada avenida; derecha entrando, con casa de los herederos de Andrés Peña Fernández; izquierda, almacén de la extinta Hermandad, hoy Inmaculada Espiñeira Soto; y fondo o espaldas, terreno de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Ortigueira en el tomo 211, libro 125, folio 113, finca nº 13.606, inscripción 3ª.

3. Terreno inculto en la parte posterior del edificio y antiguo almacén de la Cámara Agraria Local de Ortigueira, hoy Comunidad Autónoma de Galicia, y de Antonio Río García, situado en la avenida de Francisco de Santiago, s/n, de Ortigueira (A Coruña), que tiene una superficie de 90 m, y linda: casas y patios de los herederos de Peña Fernández; izquierda, José Canoura Dorado y Antonio Río García; fondo, Cesáreo Cobelo López; y frente, Comunidad Autónoma de Galicia.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Ortigueira en el tomo 211, libro 125, folio 115, finca nº 13.608, inscripción 3ª.

4. Edificio que consta de sótano, planta baja y piso alto, que ocupa 154,66 m de su solar que tiene una superficie total de 323 m, situado en el lugar que llaman A Tata o Campo da Feira, hoy calle Elduayen, nº 12, de la villa y municipio de Gondomar (Pontevedra). Linda: norte y oeste, resto de la finca principal de la que se segregó de Manuel Alonso Gonda, en línea respectivamente de diecinueve y diecisiete metros; sur, avenida de Elduayen o carretera de Gondomar á Ramallosa, con una longitud de diecinueve metros; y este, río Vilaza, en línea de diecisiete metros.

Inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vigo en el tomo 1.755, libro 94, folio 205, finca nº 6.824, inscripción 6ª.

5. Casa de dos plantas con terreno que lo circunda con una extensión de 63 m, situada en el barrio de Tarrío, parroquia de Coruxo, municipio de Vigo (Pontevedra), que linda: norte, con cantera; sur, camino; este carretera de Vigo a Baiona; y oeste, casa y terreno de Basilio Prado Comesaña.

Inscrito en el Registro de la Propiedad nº 3 de Vigo en el tomo 1.377, libro 490, folio 129, finca nº 7.630, inscripción 4ª.

Artigo 2º

Los inmuebles anteriormente descritos adquieren naturaleza patrimonial.

Santiago de Compostela, veintiséis de octubre de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda