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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Viernes, 10 de noviembre de 2000 Pág. 15.147

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador P-22/2000 y dos más (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial en Galicia, se están tramitando en esta delegación.

A los efectos previstos en el artículo 19 Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, los denunciados en plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 22 de septiembre de 2000.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-22/2000.

Denunciado: Diego Mazorra Rey; domicilio: Mantelas, 25-B Vigo.

DNI: 36.144.932.

Hechos denunciados: pescar con 2 cañas en una masa de agua habitada por reo, cuando en este tipo de aguas sólo se autoriza la pesca con una. Hechos denunciados a las 12.10 horas del día 21 de marzo de 2000 en el embalse de Eiras, del ayuntamiento de Fornelos de Montes.

Fecha del acuerdo de la incoación: 11-4-2000.

Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 28-7-2000.

Precepto infringido: 33.4º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 33, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 4.000 pesetas.

Expediente: P-71/2000.

Denunciado: Celso Rodríguez Guitiérrez; domicilio plaza Deportivo, 3 Lalín.

DNI: 34.607.491.

Hechos denunciados: pescar dos truchas de tamaño inferior al permitido (13,5 e 14 cm). Hechos acontecidos a las 16.30 horas del día 29 de abril de 2000, en el río Deza a su paso por Cristimil, en el ayuntamiento de Lalín.

Fecha del acuerdo de la incoación: 12-6-2000.

Alegaciones a la incoación: presenta escrito en su descargo con fecha de 6-7-2000.

Fecha de la propuesta de resolución: 24-7-2000.

Precepto infringido: 33.9º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 33, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 5.000 pesetas.

Indemnización: 2.000 pesetas.

Expediente: P-183/1999.

Denunciado: José Seco López; domicilio: c/ Umia, 1-2º Vigo.

DNI: 35.257.757.

Hechos denunciados: entorpecer la servidumbre de paso por la margen izquierda del río Furnia, con un cirre de postes y malla metálica, impidiendo el paso a los pescadores. El cierre afecta a la margen en unos 10 m aproximadamente. Hechos denunciados a las 16.45 horas del día 20 de noviembre de 1999, en el río Furnia, a su paso por Malvas en el ayuntamiento de Tui.

Fecha del acuerdo de la incoación: 24-1-2000.

Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 10-5-2000.

Precepto infringido: 34.27º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 50.001 pesetas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un período de 1 año y retirada del cierre de la zona de servidumbre del río.