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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Viernes, 10 de noviembre de 2000 Pág. 15.142

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 16 octubre de 2000, de la Dirección General Industrias y Alimentación, por la que se notifica la resolución de 24 de julio de 2000, recaída en el expediente sancionador ICA-OU-027/99-F, por infracción en materia de fertilizantes, al resultar devuelta por el servicio de correos la notificación hecha al interesado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administracciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a Concepción Rebollal López con DNI 34.196.557-L, de acuerdo con lo que figura en el anexo, la resolución adoptada por el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, de fecha 24 de julio de 2000, en el expediente sancionador ICA-OU-027/99-F, ya que, intentada la notificación por correo certificado y con acuse de recibo, la misma resultó devuelta.

El importe de la sanción se hará efectivo por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Galicia número 2091/0152/20/3110001158, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Se hace saber que esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá presentar recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2000.

Secundino Grobas Mosquera

Director general de Industrias y Alimentación

ANEXO

Expediente: ICA-OU-027/99-F.

Empresa denunciada: Concepción Rebollal López.

CIF/DNI: 34.196.557-L.

Domicilio: calle Observatorio, s/n.

Infracciones cometidas y precepto infringido: disponer de una mercancía intervenida cautelarmente por la inspección constituye una infracción al artículo 5.3º del R.D. 1945/1983, de 22 de junio, que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Dicha infracción se califica como grave, según lo dispuesto en el artículo 7.1º.2. del citado R.D.1945/1983.

Preceptos sancionadores: el artículo 10.1º del mencionado R.D.1945/1983, dispone que las infracciones al artículo 7.1º.2 sean sancionadas con multa comprendida entre 100.001 y 2.500.000 pesetas.

Sanción: multa de 200.000 pesetas, resultante de sancionar la disposición de la mercancía intervenida cautelarmente.

El importe de la sanción se hará efectivo por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Galicia

nº 2091-0152-20-3110001158, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución.

Se hace saber que esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá presentar recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.