La Orden de 26 de noviembre de 1993 (DOG del 23 de diciembre), en su artículo 2º establece que se les convalidará el curso de especialización en lengua gallega a los licenciados en filología y a los diplomados en EGB por las escuelas universitarias de formación del profesorado de EGB, que estén en posesión de los certificados del ciclo elemental y del ciclo superior de gallego de las escuelas oficiales de idiomas.
Por ello,
DISPONGO:
Artigo 1º
Conceder la convalidación del curso de especialización en lengua gallega a las personas que a continuación se relacionan, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 2º de la Orden de 26 de noviembre de 1993:
María Razamontes Vázquez76.319.832
Mª Josefa Lago Alonso35.974.226
José Ramón Couto Fariña35.282.398
Mª Montserrat Ogando Suárez53.111.317
Etelvina Quintas Sanmiguel34.981.853
Amparo Rodríguez Grande34.723.920
María Expóxito Martínez44.077.182
Rosa Lage Otero36.074.409
Artículo 2º
La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria les expedirá los correspondientes diplomas.
Disposición final
Se faculta a la Dirección General de Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2000.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria