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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Miercoles, 08 de noviembre de 2000 Pág. 15.032

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2000, de la Dirección General de Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios pertenecientes al cuerpo de médicos forenses, convocado por Resolución de 5 de julio de 2000.

Visto el expediente instruido para la provisión en concurso de traslados de forensías y agrupaciones de forensías vacantes, anunciado por Resolución de 5 de julio de 2000, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia, publicada en el BOE del 18 de julio de 2000, y de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 500.1º de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial; Real decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico del cuerpo de médicos forenses, y Real decreto 1619/1997, de 24 de octubre, por el que se modifica el Reglamento orgánico del cuerpo de médicos forenses, esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Nombrar para los destinos que se indican a los médicos forenses que en el anexo se relacionan, que reuniendo las condiciones legales ostentan derecho preferente.

Segundo.-Declarar desiertas aquellas plazas convocadas en el concurso que no han sido cubiertas por un titular.

Tercero.

1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de un mes, pero, cuando no implique cambio de residencia, deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al cese.

2. El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución en el BOE.

3. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Cuarto.-El traslado del funcionario que se halle en el disfrute de vacaciones, permisos o licencias de

enfermedad y embarazo tendrá efectividad a partir de la finalizacion de éstas. El día de su incorporación cesarán en su anterior destino, disponiendo a partir de ese momento de tres días hábiles o un mes de plazo posesorio.

Quinto.-Recursos. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de A Coruña en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el BOE, de conformidad con lo establecido en los artículos 14.2º y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2000.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Directora general de Justicia

ANEXO

Nº orden: 1.

Apellidos y nombre: Varela Rodríguez, Francisco José.

DNI: 32.618.040.

Destino anterior: Primera Instancia e Instrucción número dos y tres de Ferrol.

Destino adjudicado: Primera Instancia e Instrucción número dos y tres de Lugo.

Nº orden: 2.

Apellidos y nombre: De la Fuente Pérez, Mª José.

DNI: 34.912.723.

Destino anterior: Primera Instancia e Instrucción número tres y seis de Ourense.

Destino adjudicado: Primera Instancia e Instrucción número uno y dos de Ponteareas y número dos de Redondela.