El consellleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha 18 de julio de 2000, resolvió otorgar, con carácter definitivo, a Juán Ramón Méndez Fernández, la concesión del servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera V-0965; XG-058, Viveiro-O Valadouro-Mondoñedo, con hijuela, por sustitución de la concesión V-0965; XG-058, Viveiro-Mondoñedo, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerarios y puntos de parada.
-Viveiro, Magazós, Landrove, Chaos, Chavín, Boimente, Abuín, Lobeiras, Vilacampa, Silvosa, Mansián, O Valadouro, Vilaúde, Seara, Adelán, Pouso, Campa, Coubueira, Rego de Areas, Marguide, Viloalle, Coto, San Lázaro y Mondoñedo.
-Rego de Areas y Masma.
II. Expediciones.
Viveiro-O Valadouro-Rego de Areas-Masma-Rego de Areas-Mondoñedo (51,7 Km).
*Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.
*Una expedición de ida y vuelta el día 18 de octubre de cada año cuando coincida en sábado o domingo.
III. Tarifas.
-Tarifa aplicable:
*Tarifa partícipe por viajero/Km.: 10,4154 pesetas.
*Tarifa usuario: 11,1445 pesetas.
*Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 1,5623 pesetas.
Contra la citada orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala do Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2000.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes