Intentada inútilmente la notificación domiciliaria de la resolución correspondiente a la reclamación económico-administrativa interpuesta por Celia Vázquez García (domicilio: Avda. Camelias, 134-1ºA Vigo), se procede a su publicación de acuerdo con el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y de los artículos 83 y 86 do R.D. 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas:
De acuerdo con el artículo 61 de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se publica que en reunión de fecha 30 de marzo de 2000, el Tribunal Económico-Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia desestimó la reclamación nº 1277-PO 99/8 interpuesta por Celia Vázquez García. Esta resolución estará a disposición de la interesada en las dependencias de la secretaría de este tribunal situadas en la Consellería de Economía y Hacienda (1ª planta, Dirección General de Tributos).
Estas resolución agota la vía económico-administrativa, contra ella podrá interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta publicación.
Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2000.
Susana Benedeti Corzo
Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia